Villa Lugano: ante el reclamo de vecinos, el Gobierno porteño decidió no construir el paso bajo nivel de Larrazábal
La asamblea No Dividan Lugano sostuvo: "Una victoria de los vecinos, con mucho esfuerzo por detrás y perseverancia demostrando que ésta es un lucha legítima".
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ante el reclamo vecinal, decidió dejar de construir el paso bajo nivel proyectado para la avenida Larrazábal y las vías del tren Belgrano Sur, en Villa Lugano (Comuna 8), informó la asamblea No Dividan Lugano.
“Una victoria de los vecinos, con mucho esfuerzo por detrás y perseverancia demostrando que ésta es un lucha legítima. Pudimos hacernos escuchar y la unión de todos nosotros nos hizo fuertes”, indicó la asamblea.
Los vecinos ya habían expuesto su malestar en una serie de manifestaciones callejeras y también rechazaron el PBN durante una Audiencia Pública celebrada en julio, convocada por el GCBA por el certificado de aptitud ambiental de los trabajos en torno a las vías.
Este martes 1 de octubre hubo una asamblea en el SUM del Estadio Mary Terán de Weiss entre vecinos y autoridades porteñas.
Tras el encuentro, en un comunicado los vecinos de No Dividan Lugano expusieron: “Hoy 1 de octubre se ha producido un acontecimiento histórico. El jefe de Gobierno ha decidido dejar sin efecto la obra del Paso Bajo Nivel Larrazábal, por considerar que la misma no obedece a la realidad y necesidad del barrio de Villa Lugano. Agradecemos al jefe de Gobierno Jorge Macri por habernos escuchado. Es un hecho histórico, felicitamos que haya elegido desandar el camino que no conduce a una buena obra antes que profundizarlo”.
“Este proceso que llevó casi ocho meses, nos aportó conocimiento, experiencia y aprendizaje. Agradecemos a todos los vecinos de la Comuna 8, al GCBA, a los comuneros, a las ONG, a quienes se solidarizaron y aportaron al trabajo mancomunado y a los medios que se hicieron eco dándole voz a nuestro reclamo”, sumaron.
La obra se iba a situar en Larrazabal N° 3.750 y la intersección con las vías del Ferrocarril Belgrano Sur, en una superficie total de 6.135 m².
Con anterioridad, al defender la construcción de este PBN, en el Ministerio de Infraestructura del Gobierno porteño afirmaban en febrero: “En el contexto de una Ciudad sin barreras, se continúa con la ejecución de pasos bajo nivel que mejores la movilidad urbana en los diferentes barrios, haciendo foco en la parte sur de la Ciudad. Los pasos bajo nivel permiten una mayor fluidez del tránsito, una disminución del riesgo de siniestros, una reducción de gases de combustión, una disminución importante en niveles de ruido y además ponen en valor entornos usualmente degradados. El paso bajo nivel Larrazábal FFCC Belgrano Sur será el comienzo; una vez finalizado, se continuará con su par vial, el paso bajo nivel Cafayate, para que el funcionamiento de esa zona sea óptimo y más seguro. Estos espacios ganados son fundamentales para que más vecinos puedan disfrutar de lugares de recreación, descanso y encuentro. Sumado a eso, permite el desarrollo de comercios, lo que trae cada vez más vida al barrio. El inicio de esta obra está estipulado para junio de 2024 y se estima su finalización pasada la mitad del año 2025”.
En una petición en Change.org iniciada en 2020, la Junta Historia Lugano informó que ya en 2018 la empresa estatal Autopistas Urbanas SA (AUSA) tenía el proyecto del viaducto. “Llamamos a concientizarnos sobre la necesidad de generar una infraestructura antes que cierren definitivamente las barreras y esa infraestructura debe ser positiva y de progreso para nuestros barrios. El grupo de la mesa de trabajo, No dividan Lugano, realizo investigaciones y llego a la conclusión que el mejor proyecto es el de viaducto aéreo, para conocer más pueden ingresar al siguiente link para informarse”, indicó la institución.
“En 2024 estamos movilizados por el llamado a LICITACION por materiales (6500 millones de pesos) para el día 26-3-2024, sin audiencia pública, sin conocer la opinión de los vecinos, firmado por TODOS LOS DIRECTIVOS DE AUSA. Si el viaducto no fuera viable, podrían realizarse trincheras y si tampoco fuera posible, AUSA debería responder para que gastar tanto dinero. Reorganicen el tránsito por Av. Argentina que en definitiva será por donde se terminará circulando porque el resto quedará inaccesible”, sumaron.
En abril de este año, la Defensora del Pueblo de la CABA María Rosa Muiños recomendó al Ministro de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Pablo José Bereciartua, que “suspenda la obra de un paso bajo nivel en el cruce de avenida Larrazábal y las vías del FFCC Belgrano Sur, cuestionada por vecinos y vecinas del barrio”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






