Publicado el 4 de abril de 2023|

La Ciudad lanza BA Concilia, una plataforma de resolución de conflictos para consumidores y empresas

El sitio vincula a consumidores y empresas de manera directa y en tiempo real, le permite al vecino ingresar un reclamo sin intermediaciones y posibilita a las empresas ofrecer soluciones de manera ágil.

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Foto: GCBA

Defensa al Consumidor porteña puso en marcha una nueva plataforma para que consumidores y empresas puedan resolver de manera directa sus controversias. El sitio vincula a ambas partes que mantienen una relación comercial de forma segura e inmediata y permite a los vecinos ingresar reclamos sin interponer plazos legales que pudieran retrasar una solución.

La nueva plataforma denominada “BAconcilia”, disponible a través de la
dirección web https://baconcilia.buenosaires.gob.ar/, ofrece mayor agilidad para resolver los problemas que plantean los consumidores y, a la vez, otorga mayor eficiencia al estado, ya que permitirá que ambas partes, consumidores y proveedores, puedan arribar a un acuerdo antes de solicitar una audiencia de conciliación.

La implementación de esta herramienta tiene como objetivo fomentar un modelo de transacción comercial más responsable para ambas partes, alentar a los proveedores a solucionar de forma expeditiva las controversias, a la vez que otorgar mayor confianza y seguridad a sus consumidores.

“La nueva plataforma le permite obtener una solución rápidamente, el vecino genera un perfil único y tendrá el historial con todos los reclamos que quedarán registrados de forma segura”, informó Julia Domeniconi, secretaria de Atención Ciudadana y Gestión Comunal.

Al respecto, Vilma Bouza, directora del organismo porteño de Defensa al Consumidor, explicó: “BAConcilia es la manifestación de un cambio de paradigma en la forma de entender la gestión de los reclamos, mucho más acorde a los tiempos en los que vivimos, en los que se necesitan respuestas inmediatas. Esta herramienta posibilita que, ante un problema, el consumidor o usuario se comunique directamente con la empresa sin costos ni intermediarios y pueda resolverlo’’.

Una vez iniciado el reclamo, la empresa analizará el mismo y, a través de las opciones y funcionalidades que posibilita la herramienta, se pondrá en contacto de forma directa con el consumidor para resolver el requerimiento, realizando una propuesta. El consumidor deberá evaluar el ofrecimiento recibido y podrá aceptarlo o rechazarlo. Además, esta novedosa plataforma cuenta con un chat donde podrán intercambiar mensajes en tiempo real los consumidores con las empresas reclamadas. Esto facilita la comunicación entre las partes y brinda la posibilidad de solicitar información adicional sobre el reclamo y negociar sobre la solución del mismo.

En caso de que la empresa no dé una solución al requerimiento solicitado, el sistema permite la gestión de una denuncia digital. A través de un simple clic, el consumidor podrá transformar su reclamo en una denuncia y tendrá la posibilidad de tener una audiencia de conciliación con la empresa y continuar con todas las garantías que ofrece el procedimiento fijado por la ley 757 de la Ciudad.

En suma, la plataforma plantea un espacio de conveniencia mutua tanto para consumidores como para empresas, que permite agilizar el proceso resolutivo fijado por el marco legal. En este sentido, Bouza expresó: “La plataforma crea una instancia directa de acuerdo en la que todos ganan, los consumidores en primer término porque necesitan una respuesta rápida y muchas veces tienen que pasar horas detrás de un teléfono y aún así no obtienen una respuesta válida”.

Sin importar el día, el horario o los plazos administrativos que implicaría una cuestión de tipo legal, todos los consumidores podrán reportar un problema y contactar a la empresa de manera directa y segura. De esta forma se amplía el acceso en la búsqueda de soluciones para los problemas de índole comercial que deben afrontar los vecinos y que no son resueltos por los canales de atención tradicionales. La plataforma ya cuenta con la participación de las empresas que acumulan cerca del 70% de los reclamos de los porteños, y desde la Ciudad aspiran a una cobertura del 100 % de los proveedores de bienes y servicios.

La iniciativa de Defensa al Consumidor porteña da respuesta a la necesidad de inmediatez que vivimos en esta época, en la que algunos ciudadanos prefieren descargar su bronca por las redes sin más. Ahora, de manera propositiva, encontrarán un canal transparente y resolutivo que además genera un historial y a futuro permitirá también construir una reputación en base al promedio de soluciones que ofrezca cada empresa.

Defensa del Consumidor ofrece asesoramiento en línea a través de su cuenta oficial @BAconsumidor en twitter y facebook, y realiza inspecciones de oficio y a requerimiento de los vecinos a través de la aplicación BA 147. Durante 2022, recibió 14.074 denuncias por presuntos incumplimientos a la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, 75.4 % de las mismas se resolvieron en forma amistosa.

El paso a paso de BA Concilia

Ingresar a www.baconcilia.buenosaires.gob.ar
En el buscador, escribir el nombre de la empresa (*)
Loguearse con clave mi BA
Seleccionar la opción nuevo reclamo
Completar los datos solicitados
Negociar una solución con la empresa
(*) Si la empresa no figura en BAconcilia, el consumidor puede optar por realizar una denuncia digital.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.