confiteria

El GCBA concesionará un local gastronómico en el Parque de la Memoria “a $622 por metro cuadrado”

Así lo denunció el Observatorio del Derecho a la Ciudad.

Publicado el 7 de junio de 2023|

El Observatorio del Derecho a la Ciudad denunció que el Gobierno porteño pretende “entregar en concesión, por 60 meses (cinco años), un espacio gastronómico en el Parque de la Memoria por un canon mensual de tan solo $250 mil pesos (es decir, $622 por metro cuadrado)”. La construcción del inmueble además demandó una inversión de alrededor de $120 millones, según la entidad.

El espacio público está ubicado frente al Río de la Plata, en la Costanera Norte, a metros de la Ciudad Universitaria (Comuna 13).

“En octubre de 2022, el GCBA decidió destinar $102 millones de pesos para instalar un “espacio gastronómico con vista al Río”, tal como lo publicita el propio GCBA, en las afueras del Parque de la Memoria, “para vincularlo con el corredor Costanera Norte y el Distrito Joven”. (Disposición N° 63/DGINYAR/22) A toda velocidad, tan sólo dos meses más tarde, eligió a la empresa Cunumi S.A. para que lo construya, pese a su oferta fue $15 millones más cara que el presupuesto original. En total, la confitería terminó costándole al estado porteño más de 117 millones de pesos (DISPOSICIÓN N.º 79/DGINYAR/22)”, resume la entidad sobre el proceso administrativo.

El abogado Jonatan Baldiviezo, fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad, manifestó: “El modus operandi es siempre el mismo: el Estado pone la tierra pública (420 m2), el dinero para la construcción del edificio, y las ganancias se las llevan los empresarios amigos del poder. Cero inversiones, cero riesgos empresariales. Todo negocio y ganancia asegurada para unos privilegiados. Este local gastronómica que se va a concesionar se encuentra en Urbanización Parque (UP) de acuerdo al Código Urbanístico, por lo tanto, está prohibida su privatización tanto por la Constitución de la Ciudad como por distintas Ordenanzas y el Código Urbanístico”.

 

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.