ATT-8133

El GCBA abrió la convocatoria de Mecenazgo 2023

Este año, la convocatoria destinará un presupuesto de $3.309.600.000 a los proyectos que resulten seleccionados. Personas humanas podrán participar por un monto máximo de $2.000.000.

Publicado el 8 de agosto de 2023|

El Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires, a través de Impulso Cultural, abrió desde el lunes y hasta el 21 de agosto la convocatoria de Mecenazgo 2023, el programa de financiamiento del GCBA que desde hace 15 años “brinda mayor apoyo a los proyectos a partir de la articulación de los sectores público y privado”. Postulaciones en este enlace.

De este modo, artistas independientes de la Ciudad, o que desarrollen su iniciativa en el territorio porteño, podrán postularse. Pueden ser entidades o asociaciones culturales; músicos; bailarines; coreógrafos; directores; autores; escritores; artesanos; gestores culturales; arquitectos; productores; cineastas; realizadores audiovisuales; actores; docentes; cantantes; investigadores; organismos o instituciones privadas o públicas y artistas de larga trayectoria.

Los proyectos participantes deberán enmarcarse en alguna de las siguientes 14 disciplinas: Danza; Artes visuales; Artes audiovisuales y arte digital; Teatro; Circo, murga, mímica y afines; Literatura; Artesanías y arte popular; Diseño; Música popular; Música académica; Patrimonio Cultural; Publicaciones, radio, televisión y sitios de internet con contenido artístico y cultural; Infraestructura; Nuevas Tecnologías.

“Este año, la convocatoria destinará un presupuesto de $3.309.600.000 a los proyectos que resulten seleccionados. Personas humanas podrán participar por un monto máximo de $2.000.000; jurídicas, por un máximo de $30.000.000. Deberán tener domicilio legal en la Ciudad o, en caso de no poseerlo, la propuesta debe desarrollarse sin excepción dentro del territorio porteño. Con el objetivo de acercar herramientas, se desarrollará una charla informativa para quienes estén interesados en aplicar a la convocatoria. Será el día viernes 11 de agosto, a las 16 horas y con modalidad virtual”, indican fuentes oficiales.

“Mecenazgo nos llena de orgullo porque es una herramienta sumamente valiosa que tiene una enorme trascendencia a nivel nacional e internacional, ya que la Ciudad es una de las pocas que lo tiene y es el programa de mayor aporte económico a proyectos culturales. Además, busca articular diferentes artistas de todo el país, promoviendo la apertura de la cultura de Buenos Aires a todas las provincias. El programa es parte de una diversidad de políticas públicas destinadas a impulsar las industrias culturales de la Ciudad”, expresó el ministro de Cultura porteño, Enrique Avogadro.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.