Waldo Wolff pidió una Ley de reiterancia para poder detener a personas que cortan calles
El futuro ministro de Seguridad porteño solicitó una normativa "para que aquellos que infringen la Ley reiteradamente puedan ser sancionados". "Con el Ministerio Público Fiscal se le labra una infracción al que corta la calle la primera vez, luego una segunda vez, y a la tercera tiene que esperar el debido proceso preso”, indicó.
El futuro ministro de Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, Waldo Wolff, adelantó que la gestión del jefe de Gobierno Jorge Macri podrá énfasis en evitar los piquetes y cortes de calle. “Vamos a hacer cumplir la ley, no de un día para el otro, no con medidas espasmódicas sino con medidas sostenibles”, resaltó.
El funcionario aseguró que “no se puede” prohibir el ingreso de manifestantes a la Ciudad de Buenos Aires, pero no deben hacerlo “con elementos contundentes ni con micros que no cumplen las condiciones (de circulación)”.
A futuro, solicitará cambios en la legislación porteña: “Vamos a pedir la Ley de reiterancia para que aquellos que infringen la ley reiteradamente puedan ser sancionados. Con el Ministerio Público Fiscal se le labra una infracción al que corta la calle la primera vez, luego una segunda vez, y a la tercera tiene que esperar el debido proceso preso”.
“Hay una decisión de hacer cumplir la ley, para eso hay que documentarlo y no tener miedo. No tenemos miedo de hacer cumplir la ley. Vamos a hacer cumplir la ley, no de un día para el otro, no con medidas espasmódicas sino con medidas sostenibles”, explicó ante Infobae.
Wolff resaltó el momento político que se vive: “Se viene un nuevo país, esto es algo inédito. Un presidente que reivindicó ser liberal, algo que hasta hace unos años era denostado, y él lo defendió como panelista en los canales de televisión y el domingo va a asumir”.
“Se viene un país que no tiene otra alternativa que salir adelante con un ajuste, con un sinceramiento de lo que está ocurriendo, terminando de mentirnos y llamando las cosas por su nombre. Un país donde va a haber que hacerse cargo”, agregó.
“Este es uno de los motivos por los cuales acepté el pedido de Jorge Macri (de asumir en el Gabinete porteño). “Entiendo que es el momento. Los de nuestra generación no tenemos otra vuelta en la calesita para ver el cambio, los más grandes están cansados y los más chicos que nos guiaron van a tener que hacer su familia, su patrimonio, sus estudios… es el momento de nosotros poner el cuerpo”, expuso.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






