Denuncian que el Gobierno nacional quiere cerrar y vender el Cine Gaumont
Se lo dijo el actual presidente del INCAA a la Junta Interna ATE, según expuso el gremio en un comunicado.
La Junta Interna de la Asociación de Trabajadores Estatales del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (ATE- INCAA) denunció que el Gobierno nacional pretende cerrar y vender el Cine Gaumont, ubicado en Rivadavia 1635 (Comuna 1). La sala abrió en 1912 y desde 2003 funciona allí el Espacio INCAA Km 0. También buscan despedir más trabajadores, cerrar Cine.Ar y Cine.Ar Play y no apoyar más eventos como el Festival Internacional de Mar del plata.
La Junta interna se reunió el 4 de marzo con el actual presidente del organismo, Carlos Luis Pirovano. Pidieron la continuidad de 170 trabajadores a los que no les habían renovado los contratos. “Pirovano negó rotundamente la posibilidad de dar marcha atrás con la medida, caracterizando que el INCAA gastaba en sueldos y funcionamiento más del 60% de su presupuesto, incumpliendo la Ley de cine”. “Inútil fue nuestro reclamo de gravar a las plataformas, planteo que este sindicato viene realizando desde hace años”. “El actual presidente del INCAA enfatizó su pretensión de continuar en una segunda etapa con nuevos despidos de planta transitoria, retiros voluntarios y jubilaciones anticipadas para planta permanente”.
Comunicado de ATE tras la reunión con el presidente del INCAA, Carlos Luis Pirovano, quien planteó:
-No a la reincorporación de 170 despedidos.
-Más despidos
-Cierre de https://t.co/K0YD9Ybwmo y https://t.co/K0YD9Ybwmo Play
-Cierre y venta del Gaumont
-No más apoyo a festivales pic.twitter.com/krDwcA4fDv— OtrosCines.com (@OtrosCines) March 6, 2024
“El funcionario planteó la eliminación o al menos la reducción de las actividades de control llevadas adelante por la Gerencia de Fiscalización, el cierre de los programas de alcance federal e incluso la clausura y venta del Cine Gaumont”, indicó ATE.
“En materia de festivales, deslizó la finalización de cualquier tipo de apoyo a ellos y hasta esbozó un plan de esponsorizar el Festival Internacional de Cine de Mar del Plata y Ventana Sur, para evitar directamente su cierre por considerarlo innecesario a las funciones del organismo”, sumaron en la Junta.
“Llamamos a la comunidad audiovisual a declararse en estado de alerta y movilización y coordinar con la mayor unidad de todos los sectores las acciones necesarias para enfrentar este ataque brutal que pretende empezar eliminando puestos de trabajo y continuar con el objetivo político y económico del vaciamiento y cierre del INCAA”, concluyó ATE-INCAA.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






