Choque de trenes en Palermo: continúa el servicio limitado y la Justicia imputó a dos maquinistas e investiga a dos auxiliares
Continúan las tareas para remover vagones del puente de Dorrego y Figueroa Alcorta.
Tras el choque de trenes de la línea San Martín en el barrio de Palermo (Comuna 14) por el cual hubo más de 90 heridos, Trenes Argentinos informó que continúan las tareas para remover vagones del puente de Dorrego y Figueroa Alcorta. Además, funciona con servicio limitado limitado entre Palermo y Cabred.
Por otra parte, la Justicia imputó por el hecho a dos maquinistas y sus asistentes, junto a tres auxiliares de la estación Palermo. Se indagan posibles fallas humanas o técnicas. La hipótesis más fuerte recaería en la tarea de los auxiliares y una posible falla de aviso.
🟡📍#LíneaSanMartín circula limitado entre #Palermo y #Cabred como consecuencia de la colisión de tren con formación vacía en viaducto Palermo del viernes.
— Trenes Argentinos (@TrenesArg) May 13, 2024
“Una locomotora con un vagón circulaba en sentido a Palermo a baja velocidad. Al tren de pasajeros lo debían frenar a la altura de Salguero, pero el auxiliar se lo comió y autorizó el paso”, reveló a Noticias Argentinas una fuente del caso.
El juez federal Julián Ercolini y la fiscal Alejandra Mángano, quien subroga a Carlos Rívolo porque está de viaje, pidieron la intervención de la Junta de Seguridad del Transporte (JST).
El caso podría ser clasificado como estrago culposo o doloso agravado por las lesiones leves reportadas.
El 3 de mayo, una semana antes del siniestro en Palermo, el presidente de Trenes Argentinos Operaciones (SOFSE), Luis Adrián Luque, envió una nota a sus superiores alertando que la situación de la empresa era crítica y requería con urgencia “[…] gestionar la asignación de fondos necesarios […] que garanticen el normal funcionamiento de los servicios a cargo de esta Operadora Ferroviaria, resguardando los estándares mínimos de seguridad operacional”, informó el sitio En El Subte.
El funcionario pedía un aumento presupuestario urgente para el mes de mayo de $32 mil millones, lo que representa un 68% de incremento respecto de los $49 mil millones asignados hasta el momento. El presidente de Trenes Argentinos decía que “son todos temas urgentes, ya que los gastos corrientes impactan en el funcionamiento diario, mientras que los gastos de capital, alcanzan contrataciones de obras, o mantenimiento y puesta a punto de las formaciones, que ya se encuentran programadas y su postergación afectaría parámetros de calidad y mitigación de riesgos en los servicios”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






