Permanencia de jubilados frente al Congreso por la recomposición de los haberes previsionales
"No queremos el DNU 274 de Milei ni los dictámenes que siguen hundiendo las jubilaciones", manifestó el Plenario de Trabajadores Jubilados.
Este martes al mediodía inició una permanencia de jubilados frente al Congreso de la Nación en reclamo de una recomposición en los haberes jubilatorios acorde a los índices inflacionarios.
“No queremos el DNU 274 de Milei ni los dictámenes que siguen hundiendo las jubilaciones. Ni el de mayoría ni el de minoría recomponen las jubilaciones que vienen perdiendo desde hace años”, señaló un comunicado del Plenario de Trabajadores Jubilados, una de las agrupaciones que convocaron a esta acción.
“Queremos una mínima acorde a la canasta del adulto mayor, hoy en $850.000. Queremos el 82% de los sueldos en actividad”, sumaron. “Y movilidad automática mensual por inflación o por sueldo, lo que sea mejor”, concluyeron.
Este martes la Cámara de Diputados de la Nación realiza una sesión especial para debatir los dictámenes sobre un nuevo sistema de movilidad jubilatoria para ajustar los haberes de la clase pasiva.
La sesión inició a las 11:26 con la presencia de 140 diputados que fueron aportados por UxP, la UCR, Hacemos Coalición Federal, Coalición Cívica, Innovación Federal, y la izquierda, consigna Noticias Argentinas.
Si bien también está convocada otra sesión especial para las 14 impulsado por Unión por la Patria para tratar, ademas de las jubilaciones, el Fondo de Incentivo Docente y el Financiamiento de las Universidades, es probable que no se realice debido a que el debate de los haberes de la clase pasiva ocupará toda la jornada, y por la cual es probable que UxP pida incorporar el tratamiento de los temas educativos pero no contará del resto de los bloques para sumarlo al temario.
En un abierto desafío al Gobierno nacional, el bloque kirchernista Unión por la Patria, la UCR, Hacemos Coalición Federal, Innovación y la Coalición Civica impulsaron el tratamiento de un nuevo sistema de movilidad al rechazar el DNU 274/2024 que propone ajustar las jubilaciones desde julio de acuerdo a la inflación y reconoce solo un 12,5 por ciento en concepto de compensación por la inflación de Enero que fue del 20,6 por ciento, agrega la agencia.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






