Del Gaiso denuncia que Javier Milei “quiere ahogar” a la CABA y que sin coparticipación ni transporte habrá déficit porteño
El legislador porteño llamó a "defender a la Ciudad" ante este panorama.
El legislador porteño Facundo Del Gaiso (Coalición Cívica en Vamos por más) alertó que el Gobierno nacional de Javier Milei busca “ahogar” a la Ciudad de Buenos Aires, la cual corre el riesgo de entrar en déficit.
Nación desde el 1 de agosto debía pagar la totalidad de la coparticipación a CABA, establecida en 2022 por un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ante un amparo del GCBA tras el recorte que aplicó en 2020 Alberto Fernández del 3,5% al 1,4%. Esto no ocurrió, solo hubo pagos discrecionales desde Casa Rosada, y Ciudad estudia ir al máximo tribunal a reclamar.
Además, el secretario de Transporte de la Nación Franco Mogetta dijo este martes: “El Estado nacional no va a poner un peso al transporte de la Ciudad de Buenos Aires”.
Ante este panorama, Del Gaiso afirmó: “Cuando el “macho cruel” de Alberto Fernández quiso sacar los subsidios al transporte en Caba,se dijo que el Gobierno Nacional iba a ser responsable que se triplique el costo del boleto. Milei hace lo mismo y va a ser responsable que el boleto cueste $ 1400”.
“Hay que defender a la Ciudad. Igual que hicieron los k ,Milei quiere ahogarnos .No cumplir el fallo de la Corte son $80.000 millones x mes y quitarnos el subsidio al transporte son $ 7000 millones por mes .Eso implica que este mes entremos en déficit aprox de $50000 millones”, agregó.
“Por las 31 líneas que transitan solo por CABA, el Gobierno porteño no recibe ni un peso de subsidio, sí las empresas. Si Javier Milei además nos ahoga financieramente, el boleto subiría a $ 1.400. Y Nación será el único responsable porque la Ciudad no decide ni dónde van las paradas”, finalizó.
Tras los dichos de Mogetta, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires emitió un comunicado para sostener que “las líneas de colectivos que recorren el territorio de la CABA dependen directamente del Gobierno nacional”.
Durante la reunión de la Comisión de Transporte en la Cámara de Diputados de la Nación, el secretario nacional aclaró que “desde septiembre CABA va a solventar el 100% de las compensaciones”.
El secretario aludió a las 31 líneas de colectivo que circulan de forma exclusiva dentro del territorio porteño: 4, 6, 7, 12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109, 115, 118, 132, 151.
Ante estas declaraciones, el GCBA afirmó: “La Secretaría de Transporte de la Nación tiene la autoridad exclusiva y es la responsable de, entre otras cosas: Fijar las tarifas. Regular el servicio. Otorgar los permisos de operación. Autorizar los recorridos. Definir las frecuencias de los servicios. Establecer el monto y mecanismo de los subsidios. Implementar el pago a las empresas”.
“La Secretaría de Transporte de la Nación tiene la facultad de decidir si mantiene o quita los subsidios, aumentar sus tarifas o cambiar sus recorridos. La Ciudad ha venido subsidiando al Gobierno Nacional y a sus líneas de transporte público de colectivos. La Ciudad no recibe subsidios por parte de la Nación. Lo reciben directamente las líneas de colectivos a través de la Secretaría de Transporte de la Nación”, sumó el Gobierno porteño.
“Las transferencias de competencias, como la de la regulación del transporte público de pasajeros, se deben realizar en el marco de lo que establece la Constitución Nacional”, concluyó la administración porteña.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






