El GCBA terminó el proceso para limpiar el segundo emisario del Arroyo Vega
Es la primera vez desde su puesta en marcha en 2019, que se hace esta limpieza integral, resaltó el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires.
El Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires finalizó la limpieza del segundo emisario del Arroyo Vega, las cuales habían iniciado en abril.
Las obras para instalar el túnel aliviador del segundo emisario fueron finalizadas en 2019 y consisten en un conducto de 8,4 kilómetros de largo y 2,30 metros de diámetro total en su inicio, que se extiende desde Villa Pueyrredón (Comuna 12) hasta Costanera Norte (Comuna 14) y beneficia a 315.000 vecinos.
“Es la primera vez desde su puesta en marcha en 2019, que se hace esta limpieza integral, que se determina en relación a las inspecciones de mantenimiento que se realizan cotidianamente”, indican fuentes oficiales.
“Completamos los trabajos de limpieza del túnel aliviador del arroyo Vega. Esta intervención asegura el funcionamiento óptimo del sistema de drenaje del agua de lluvia, aumenta un 40% la capacidad de escurrimiento y protege a los vecinos de los barrios de Agronomía, Villa Ortúzar, Parque Chas, Colegiales y Belgrano de posibles anegamientos”, afirmó Ignacio Baistrocchi, ministro de espacio público e higiene urbana.
Tareas realizadas en los últimos meses: cierre de compuertas para aislarse del río; encendido de bombas para vaciado hasta el nivel de funcionamiento de la draga (máquina que se emplea para ahondar y limpiar los puertos, ríos, canales, etcétera, extrayendo de ellos fango, piedras, arena, entre otros); dragado (operación que consiste en la limpieza y el ahondamiento de un cuerpo de agua, a partir de la remoción de rocas y sedimentos); vaciado del sistema (que incluye pozo de descarga y conducto) hasta el nivel mínimo; limpieza; llenado.
Según el GCBA, con el segundo emisario del Arroyo Vega duplicó “la capacidad de drenaje del agua de lluvia para minimizar el riesgo de inundaciones”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






