El GCBA endurece el control de roedores, advierte sobre multas y obliga a contratar empresas autorizadas
La Agencia de Protección Ambiental estableció nuevas medidas de prevención y control. Obras, edificios, locales gastronómicos, establecimientos educativos, depósitos, estaciones de servicio y consorcios, entre otros, deberán realizar tratamientos periódicos y conservar certificados que acrediten las tareas.
La Ciudad de Buenos Aires estableció nuevas medidas para prevenir y controlar la presencia de roedores y dispuso que las tareas de desratización en inmuebles y establecimientos alcanzados por la normativa deberán ser realizadas por empresas inscriptas en un registro oficial. Las nuevas disposiciones fueron establecidas por dos resoluciones de la Agencia de Protección Ambiental (APRA) publicadas este jueves en el Boletín Oficial porteño.
La Resolución 282/APRA/26 establece medidas de prevención, control y gestión destinadas a reducir la presencia y proliferación de roedores en el territorio porteño. Entre otras obligaciones, determina que determinados establecimientos y responsables deberán realizar tratamientos periódicos mediante empresas autorizadas.
La medida alcanza a propietarios, desarrolladores, empresas constructoras y contratistas vinculados con obras públicas o privadas, demoliciones, excavaciones y movimientos de suelo. También incluye establecimientos metalúrgicos, depósitos y centros logísticos, recicladoras de metales, generadores especiales de residuos, locales con capacidad superior a 350 asistentes, locales de diversión, residencias para personas mayores, establecimientos de salud con internación, hoteles, estaciones de servicio, escuelas, establecimientos gastronómicos y de almacenamiento de alimentos.
También quedan comprendidos los estacionamientos con sectores subterráneos, estaciones de subterráneos, inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal a través de sus administradores y edificios públicos.
Los responsables de estas actividades tendrán 45 días desde la publicación de la resolución para adecuarse a las disposiciones. Deberán realizar tratamientos de prevención y control con la periodicidad establecida en el anexo de la norma y conservar el certificado que acredite que las tareas fueron realizadas.
La segunda resolución, la 281/APRA/26, establece un registro obligatorio para las empresas que realizan tareas de desratización en la Ciudad.
La norma crea la “Nómina de empresas prestadoras de servicios de desratización”, en la que deberán inscribirse quienes desarrollen esta actividad dentro de los 30 días posteriores a la publicación de la resolución.
Las empresas registradas deberán entregar una constancia de cada servicio realizado, con información sobre las tareas efectuadas, y cumplir con una serie de obligaciones fijadas por la APRA. La Ciudad busca de esta manera contar con información actualizada sobre las empresas que intervienen y generar un sistema de seguimiento de los tratamientos.
En caso de incumplimientos, la autoridad podrá intimar a la empresa para que presente un descargo y, de acuerdo con las circunstancias del caso, disponer su suspensión o baja del registro. También podrán aplicarse las sanciones previstas en la normativa porteña.
La Resolución 282 establece además que el Gobierno porteño reforzará las acciones de control y fiscalización en determinados sectores considerados prioritarios.
Entre ellos menciona a los barrios vulnerables, las obras públicas y privadas, demoliciones y excavaciones, las zonas cercanas al puerto y la Costanera y los polos gastronómicos.
La normativa señala que las obras y demoliciones pueden alterar los lugares utilizados por los roedores para refugiarse, especialmente en subsuelos, estructuras abandonadas, cámaras y alcantarillas, y provocar su desplazamiento hacia inmuebles linderos, espacios públicos y áreas habitadas.
También identifica como factores que pueden favorecer la proliferación de estos animales la densidad poblacional, la disponibilidad de alimentos vinculada con los residuos, las redes subterráneas y las condiciones ambientales y climáticas.
Las nuevas medidas se apoyan, entre otras normas, en la Ley Nacional 11.843, que establece obligaciones para propietarios y ocupantes respecto del control de roedores, y en la legislación porteña.
La Resolución 281 recuerda que el artículo 1.3.22 de la Ley 451 establece multas de 100 a 1.400 unidades fijas para el titular o responsable de un establecimiento o inmueble donde se compruebe la existencia de roedores y no se realicen tareas periódicas de desinfección y desratización.
Cuando se trata de un edificio bajo el régimen de propiedad horizontal y los roedores son detectados en espacios comunes, la sanción corresponde al consorcio de propietarios.
Con ambas resoluciones, la APRA busca establecer un sistema que combine la obligación de realizar tratamientos preventivos, la regulación de las empresas que prestan el servicio y el seguimiento de las intervenciones, con refuerzo de los controles en las zonas consideradas de mayor riesgo.








