Paro de subtes: Emova dijo que monitorea “las condiciones exigidas por las normas que regulan la seguridad en el trabajo”
“La compañía lleva adelante un plan de vigilancia de la salud, en cumplimiento de las normas de seguridad e higiene actualmente vigentes", dijo la compañía.
La empresa concesionaria de la Red de Subte y Premetro Emova afirmó este miércoles que “se ratifica que se ha demostrado y se continúa monitoreando que el ámbito del Subte cumple con las condiciones exigidas por las normas que regulan la seguridad en el trabajo en base a estándares científicos y técnicos” ante el paro escalonado anunciado por la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y el Premetro (AGTSyP) ante la muerte del cuarto trabajador debido a un cáncer de pulmón derivado de la “exposición al asbesto”, una sustancia cancerígena.
Cronograma de la medida de fuerza: de 10 a 12, paro en las Líneas A y B; de 12 a 14 en las Líneas D y H; de 14 a 16 en las Líneas C, E y el Premetro.
En Emova dijeron: “Prueba de ello son las más de 3.000 mediciones realizadas sobre la calidad del aire en todas las áreas de trabajo del subte, dado que el 100% arrojan resultados considerados adecuados para la salud. Las mediciones se realizan constantemente y están a cargo de instituciones y laboratorios que fueron validados por la Agencia de Protección Ambiental del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”.
El comunicado de la empresa menciona que la Dirección General de Protección del Trabajo dependiente de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio de la Ciudad de Buenos Aires confirmó que “de acuerdo a las medidas realizadas las condiciones son adecuadas para el desarrollo de la actividad”.
“La compañía lleva adelante un plan de vigilancia de la salud, en cumplimiento de las normas de seguridad e higiene actualmente vigentes, por el cual un grupo de empleados del Subte realiza estudios médicos anuales en el Hospital Británico, que cuenta con un departamento especializado y los resultados son compartidos en una comisión médica integrada por el gremio, la ART, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y la empresa”, sumaron.
Emova dijo que “continúa trabajando desde 2018 en el plan integral de desasbestizado en todo el ámbito de la Red a través de una mesa interdisciplinaria en la que participan también las entidades gremiales”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






