Publicado el 2 de diciembre de 2024|

Inició el multipago en el subte para que “los viajes sean más económicos”

“Un avance muy importante, no sólo por comodidad, sino porque terminamos con un monopolio, en este caso monopolio del Estado", dijo el jefe de Gobierno.

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Foto: GCBA

Con el inicio del mes de diciembre el subte de la Ciudad de Buenos Aires habilitó el multipago en la mayoría de sus estaciones, tras una prueba piloto y el anuncio de varias promociones por parte de tarjetas y bancos.

El jefe de Gobierno Jorge Macri afirmó: “Un avance muy importante, no sólo por comodidad, sino porque terminamos con un monopolio, en este caso monopolio del Estado, y ese monopolio hacía que no hubiera una competencia que hoy permite viajar más barato que ayer”.

“Hay bancos que reintegran todo el viaje, bancos que te dan descuentos todavía más altos que los que da la SUBE, y la posibilidad de utilizar ese sistema que mejor convenga. Pensemos que hay mucha gente que no es usuaria habitual y no tiene por qué tener la SUBE, o se la olvidó, o no la cargó”, agregó.

“Esto demuestra que cuando se termina con un monopolio, se genera competencia, el sistema puede ser más barato sin que tengamos que subvencionarlo ninguno de nosotros. La simple competencia entre ellos hace que se tenga un mejor servicio y viaje más barato. Muy pocas ciudades en el mundo tienen un sistema como el nuestro”, sumó.

Preguntas sobre esta nueva etapa:

¿Se van a poder utilizar las tarjetas de todos los bancos?
En la primera etapa se podrán utilizar tarjetas de crédito y débito Visa y MasterCard de todos los bancos o asociadas a billeteras virtuales. También los dispositivos con tecnología NFC con tarjetas habilitadas por cada banco para este uso, con cualquier billetera compatible, como el caso de Gpay, ApplePay, MODO, entre otras.

¿Se requiere de algún trámite o registro previo para usar estos nuevos medios de pago?
No es necesario realizar ningún trámite, solamente utilizar los molinetes exclusivos para el uso de estos nuevos medios de pago.

¿El precio del boleto es el mismo sin importar el método de pago utilizado?
Se abona la tarifa plena, actualmente $757. Con estos nuevos medios de pago también se va poder acceder al beneficio de tarifa escalonada para pasajeros frecuentes del subte, con descuentos del 20, 30 y 40% superados los 20, 30 y 40 viajes respectivamente, siempre y cuando se utilice la misma tarjeta y forma de pago (digital o física).
Además, los bancos y billeteras virtuales sumarán promociones.

¿Los validadores tienen que tener Internet? ¿Cómo se valida que efectivamente se realizó el pago?
Todo funciona de manera offline y en menos de dos segundos el validador lee el pago realizado. El usuario verá el consumo en su tarjeta al final del día.

¿Se pueden adherir pases y abonos?
Los beneficios y tarifas especiales estarán disponibles únicamente en la tarjeta SUBE del beneficiario.

¿Cómo se gestionan los pases para jubilados, personas con discapacidad y tarifa social sin que se tenga tarjeta SUBE?
Los pases y abonos ahora están integrados en la tarjeta SUBE. Para conocer cómo gestionar estos beneficios, se puede ingresar en https://buenosaires.gob.ar/subte/tarifas-pases-y-abonos/pases-y-abonos

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.