La Ciudad reglamentó una ley para fortalecer la vigilancia del desarrollo infantil y la pesquisa del autismo
La medida establece que la vigilancia del desarrollo infantil y la pesquisa de posibles señales de autismo se incorporen a los controles pediátricos de rutina, con herramientas validadas, criterios de derivación y acompañamiento a las familias.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reglamentó la Ley 6.151, que establece herramientas para la vigilancia del desarrollo infantil y la pesquisa de los Trastornos del Espectro Autista (TEA) durante los controles habituales de salud de niños y niñas. La medida fue formalizada mediante el Decreto 341/26, publicado este martes 29 de septiembre en el Boletín Oficial porteño.
La reglamentación establece que la vigilancia del desarrollo infantil será un proceso continuo y flexible que incorporará información aportada por las personas responsables del cuidado, los entornos en los que se desarrolla cada niño o niña y los profesionales de la salud que intervengan.
El sistema se implementará dentro de los controles habituales de salud infantil y estará a cargo de pediatras generales o médicos de familia. Para ello se utilizarán herramientas estandarizadas y metodologías científicamente validadas, mientras que el personal deberá recibir capacitación para su correcta aplicación.
La norma establece que el Ministerio de Salud porteño, como autoridad de aplicación, deberá definir los rangos de edad, la periodicidad de las evaluaciones, los instrumentos que se utilizarán y los procedimientos correspondientes. También tendrá a su cargo la actualización de las herramientas de acuerdo con la evidencia científica disponible.
En los controles podrán utilizarse cuestionarios y escalas breves administrados por personal capacitado. Cuando una evaluación detecte indicadores de riesgo o señales de alerta, se realizará la derivación correspondiente de acuerdo con los protocolos que establezca el Ministerio de Salud.
La reglamentación también contempla específicamente la pesquisa de los Trastornos del Espectro Autista. En este caso, la autoridad sanitaria deberá definir el listado de instrumentos validados y garantizar que cumplan con criterios de sensibilidad, especificidad y viabilidad para su utilización en el sistema de salud.
El decreto establece además que la atención sanitaria deberá complementarse con acciones comunitarias y sociales destinadas a favorecer la accesibilidad, la inclusión y el acompañamiento de las personas alcanzadas por la Ley 6.151.
En los casos en que se confirme un diagnóstico de TEA, el Ministerio de Salud promoverá acciones de orientación, acompañamiento y capacitación destinadas a las familias y a las personas responsables del cuidado. También podrá desarrollar o coordinar dispositivos de apoyo y asistencia, que deberán adecuarse a la evidencia científica disponible y a las políticas públicas vigentes.
Otro de los puntos de la reglamentación establece que las definiciones y criterios diagnósticos relativos a los Trastornos del Espectro Autista deberán actualizarse de acuerdo con los manuales y guías nacionales e internacionales vigentes. Esa información deberá estar disponible para los equipos de salud que intervengan en la atención.
La norma también habilita al Ministerio de Salud a promover investigaciones y estudios sobre los TEA dentro del sistema público porteño, con el objetivo de generar información que contribuya al diseño, implementación y evaluación de políticas relacionadas con la detección temprana, la atención y el acompañamiento.
A su vez, la reglamentación prevé la participación de organizaciones de la sociedad civil vinculadas con la temática y de agrupaciones integradas por personas con Trastornos del Espectro Autista y sus familias. El Ministerio de Salud podrá articular estas acciones con la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) y con otros organismos competentes.
El Decreto 341/26 fue firmado el 25 de septiembre por el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, y refrendado por el ministro de Salud, Fernán González Bernaldo de Quirós, y el jefe de Gabinete de Ministros, Manuel Sánchez Zinny.
La reglamentación busca poner en funcionamiento los mecanismos previstos por la Ley 6.151, sancionada para incorporar herramientas de vigilancia del desarrollo infantil y pesquisa de los Trastornos del Espectro Autista en los controles de salud, con el objetivo de favorecer la detección temprana y el acceso oportuno a las intervenciones correspondientes.








