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Sigue la medida de fuerza y los trenes circulan a 30 kilómetros por hora, lo que genera demoras y cancelaciones

“Nos vemos en la obligación de extremar las precauciones en la circulación de trenes por su seguridad y el cuidado de nuestra herramienta de trabajo”, dijeron en La Fraternidad. En Nación señalaron: "Este gobierno no va ceder ante las extorsiones sindicalistas que para no perder sus intereses ponen en el medio de los reclamos a la gente".

Publicado el 3 de diciembre de 2024|

El gremio La Fraternidad, para exigir “mayores medidas de seguridad” en el sistema ferroviario, desde este lunes al mediodía y, al menos, hasta el martes a la misma hora llamó a que los maquinistas hagan “trabajo a reglamento”, por lo cual los trenes circulan a menos de 30 kilómetros por hora, lo que genera demoras y cancelaciones en las distintas líneas del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

En un comunicado, el sindicato pidió “mayores condiciones de seguridad” y advertía que, debido a la “emergencia ferroviaria”, se estaba “ante una de las peores crisis ferroviarias”.

“Nos vemos en la obligación de extremar las precauciones en la circulación de trenes por su seguridad y el cuidado de nuestra herramienta de trabajo”, sumaron.

En el Gobierno nacional señalaron: esta vez no tomaron la decisión de ir a un paro, pero hacen esta medida de reducir la velocidad de los trenes, que es lo que más jode a la gente, con la excusa de que el sistema ferroviario está en emergencia”.

“A ese reclamo el gobierno le dice, que sí, claro, está en emergencia ferroviaria y por eso decidió en mayo declararlo en emergencia con un presupuesto complementario de 1.3 billones de pesos. Pero el estado calamitoso es de hace muchos años y producto del manejo de gobiernos que no invirtieron en vías ni señales ni repuestos ferroviarios, con tal de destinar recursos a obras para propaganda política”, añaden las fuentes.

Y destacan que “el propio gremio de Omar Maturano (La Fraternidad) tenía a su representante en el gobierno de Alberto Fernández: el subsecretario de transporte ferroviario era Agustín Special, sindicalista del sindicato, cumpliendo el rol durante los 4 años de gestión del área que debe velar por la seguridad operacional”.

Recalcan que “este gobierno no va ceder ante las extorsiones sindicalistas que para no perder sus intereses ponen en el medio de los reclamos a la gente. Contrario al 80% del sector ferroviario con quien firmamos paritaria el viernes y se les dio 3,5% entre noviembre y diciembre”.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.