El juez Lijo ordenó resguardar el funcionamiento de los sitios de la memoria porteños
El magistrado lo resolvió ante una presentación hecha por la legisladora porteña Victoria Montenegro.
Ante un escrito presentado por la legisladora porteña Victoria Montenegro (Unión por la Patria), el juez federal Ariel Lijo le ordenó a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación que mantenga en funcionamiento los cuatro sitios de memoria Olimpo del barrio porteño de Vélez Sarsfield (Cnel. Ramón L. Falcón 4250), Club Atlético de San Telmo (Paseo Colón 1266), Automotores Orletti de Floresta (Venancio Flores 3519) y Virrey Cevallos de Monserrat (Virrey Cevallos 630). Lo mismo encomendó para el Espacio de Memoria de la ex ESMA, en Núñez (Comuna 13).
La legisladora Montenegro dijo: “La justicia le ordenó a la Secretaría de Derechos Humanos que garantice el funcionamiento de los sitios de memoria. Muchas de las tareas estaban afectadas por los cientos de despidos que decidieron Alberto Baños (secretario de DDHH) Mariano Cúneo Libarona (ministro de Justicia de la Nación). Frente a la avanzada de este Gobierno, que desmantela las políticas de derechos humanos y ataca a los organismos, conseguimos un pronunciamiento judicial que pone en valor los compromisos por la Memoria, la Verdad y la Justicia”.
“Requiérase a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación se arbitren los medios necesarios con el objeto de garantizar una dotación de personal capacitado para que los espacios de Memoria en que funcionan en los ex CCDT [Centros de detención y tortura] “Olimpo”, “Club Atlético”, “Automotores Orletti”, y “Virrey Cevallos” permanezcan en funcionamiento para las actividades que se encuentren abiertas al público en dichos sitios, como así también para que se lleven a cabo las tareas de mantenimiento, conservación, preservación del edificio y de limpieza diaria – necesarias para las visitas- y de los techos y las canaletas para evitar inundaciones que puedan dañar los espacios”, resolvió Lijo.
También ordenó “preserven los acervos y archivos que se han generado a la fecha y que se continúen llevando adelante las tareas de investigación y coordinación pedagógicas”.
A fines de 2024, el Gobierno nacional había relevado de sus funciones a unos 100 trabajadores del Centro Cultural de la Memoria Haroldo Conti, ubicado en el Museo de Memoria ESMA, en Núñez (Comuna 13). También había dispuesto retiros voluntarios, no renovación de contratos y despidos. Nación había hablado de una “reestructuración” en el área, pero los empleados temen por cierres y desguace.
El Ministerio de Justicia de la Nación, a cargo de Mariano Cúneo Libarona, había anunciado recortes en su cartera y estudiaba la posibilidad de mudar oficinas al predio de la ex ESMA.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






