12-04-2023_el_ex_presidente_mauricio_macri

Télam

Mauricio Macri y el PRO respaldaron al Gobierno de Milei y acusaron a los manifestantes de “una nueva desestabilización de la democracia”

"Repudiamos el ruin uso de la violencia y el desorden que vimos ayer para desestabilizar a un gobierno democrático", dijo el expresidente.

Publicado el 13 de marzo de 2025|

El expresidente de la Nación Mauricio Macri respaldó respaldó al Gobierno de Javier Milei tras los incidentes y la represión frente al Congreso de la Nación durante la marcha de jubilados de este miércoles, que terminó con un centenar de detenidos (luego liberados), decenas de heridos y un fotógrafo internado porque un cartucho de gas lacrimógeno le produjo severos daños en su cabeza.

“En el año 2017, nuestro gobierno fue atacado en una movilización violenta muy similar a la de ayer. Lo hicieron desde la Plaza de los Dos Congresos con palos, piedras y bombas molotov, y desde adentro del Congreso, en una acción profesional coordinada con el exterior, por diputados del peronismo y de izquierda que buscaban crear un caos estratégico. Aquella escena tenía como objetivo directo desestabilizar a mi gobierno para que terminara mi mandato a la brevedad. Fue un auténtico intento de golpe de Estado, alentado y perpetrado por dirigentes opositores. Fracasaron, pero produjeron un daño inmenso”, introdujo el exmandatario.

“Ayer, en una escena idéntica, se movilizaron con el nombre de “hinchadas argentinas” a barrabravas de distintos equipos de fútbol para ejecutar una nueva desestabilización de la democracia. Escudados en algunos pocos jubilados, los barrabravas pusieron en práctica los tres movimientos que repiten en estas situaciones: provocar a la policía, atacarla, victimizarse. Con la provocación buscan desequilibrar a las fuerzas para generar una reacción. Si esa táctica fracasa, pasan a atacar a la policía con piedras y palos. Cuando obtienen una respuesta proporcional a ese ataque, comienzan la etapa fundamental de esta maniobra desestabilizadora: victimizarse. El objetivo final que persiguen es crear en la opinión pública una imagen de alocada violencia estatal contra personas inocentes y trabajadoras que justifique interrumpir el orden democrático”, agregó.

“Por eso ayer decían “Esto no es democracia”, “Hay que sacarlos, ya” y otras consignas golpistas similares. Hablo acá en nombre del PRO: los argentinos tienen que saber que nuestro compromiso con defender la ley y las instituciones es total. Repudiamos el ruin uso de la violencia y el desorden que vimos ayer para desestabilizar a un gobierno democrático. Lamentamos los heridos de gravedad que produjo esta acción irresponsable. El PRO no permitirá que los matones ocupen el lugar de la República”, finalizó Mauricio Macri.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.