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Foto: Infobae

La inhalación de monóxido de carbono es “la principal hipótesis” por la muerte de cinco personas en Villa Devoto

El hecho se produjo en una vivienda de la calle Sanabria 3768. Pidieron analizar "la instalación, mantenimiento y estado de los artefactos a gas".

Publicado el 2 de julio de 2025|

La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°48, a cargo de Eduardo Rosende, investiga las causales por las que fallecieron cinco integrantes de una familia, y un bebé sobrevivió pero permanece internado, en una vivienda de la calle Sanabria 3768, en el barrio porteño de Villa Devoto (Comuna 11), informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Por disposición de la fiscalía, personal de las Unidades Criminalística Móvil, Siniestros, Bomberos y Técnicos trabajó en el lugar para determinar las causales de los decesos y la instalación, mantenimiento y estado de los artefactos a gas, peritajes oficiales cuyos resultados se esperan conocer en las próximas horas.

“Las víctimas fallecidas fueron identificadas como Demetrio De Nastchokine (79) y su esposa Graciela Leonor Just (73) -quienes eran los dueños de la vivienda-, su hijo Andrés (43), su nuera Marie Camille Lalanne (40) y su nieta Elisa (4). El nieto menor, un niño de un año y medio, fue rescatado como único sobreviviente. La pareja más joven había llegado con sus hijos desde la ciudad italiana de Génova, donde residían”, repasan fuentes judiciales.

“Según trascendió, los propietarios de la vivienda fueron hallados muertos en una habitación del piso superior. El joven matrimonio y su hija yacían en un dormitorio del primer piso, mientras que el bebé sobreviviente fue encontrado en una habitación contigua, con signos de intoxicación, pero consciente, por lo que fue trasladado al Hospital General de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez, donde permanece internado”, se agregó.

“Ayer por la tarde, una de las hijas de Demetrio y Graciela, llegó a la vivienda para visitar a su hermano, nuera y sobrinos. Sin embargo, al abrir la puerta del domicilio, la mujer se mareó. Ello fue advertido por un vecino, que dio aviso al servicio de emergencias 911”, reconstruyó el MPF.

“Así, se desplazó a personal de la Comisaría Vecinal 11A de la Policía de la Ciudad que, tras efectuar la consulta con la fiscalía, dio intervención al Cuerpo de Bomberos, que aseguró y preservó la escena, al tiempo que impidió el acceso a la vivienda dado que, de acuerdo a lo adelantado a la fiscalía, se detectó presencia de “monóxido de carbono y una toxicidad imperante en el ambiente”, lo que hace presumir que las muertes se produjeron a consecuencia de la inhalación de ese gas incoloro, inodoro e insípido, altamente tóxico, que se produce en una mala combustión”, finalizaron fuentes judiciales.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.