Registro biométrico docente: Ademys presentó un rechazo con más de 250 firmas
El gremio dijo que es "mecanismo que tiene un objetivo disciplinador".
El inicio del ciclo lectivo 2026 en la Ciudad de Buenos Aires llegará con un cambio de peso en las escuelas públicas: el Gobierno porteño dispuso que el ingreso y egreso de docentes y personal no docente se registre exclusivamente a través de un sistema digital con huella biométrica. La medida, oficializada mediante la creación del Registro Digital de Asistencia, generó un fuerte rechazo del gremio docente Ademys, que este lunes presentó una nota con más de 250 firmas en contra del enrolamiento obligatorio de datos personales sensibles.
Según la asociación docente, se trata de un “mecanismo que tiene un objetivo disciplinador”.
El Poder Ejecutivo porteño había dicho que todos los docentes debían completar el enrolamiento biométrico antes de este lunes 22 de diciembre.
Desde el próximo ciclo lectivo, el uso del sistema digital será el único mecanismo válido para registrar el presentismo diario en los establecimientos educativos estatales de la Ciudad, donde ya se encuentran instalados los dispositivos homologados. En una etapa posterior, el esquema se extenderá también a las escuelas públicas de gestión privada aportada.
Desde Ademys cuestionaron la medida por considerar que el registro obligatorio de datos biométricos tiene un “objetivo disciplinador” y vulnera derechos vinculados a la privacidad y al resguardo de información sensible. El sindicato aseguró que las más de 250 firmas fueron reunidas en pocas horas y que continuarán organizándose contra la implementación del sistema.
En contraste, el Gobierno de la Ciudad defendió la iniciativa como parte de un proceso de modernización administrativa. “Dejamos atrás el libro de firmas en papel y pasamos a un sistema ágil, transparente y unificado”, sostuvo el jefe de Gobierno, Jorge Macri. La medida forma parte del Plan Buenos Aires Aprende y, según el Ejecutivo, apunta a simplificar tareas administrativas para que los docentes puedan dedicar más tiempo a la enseñanza.
El registro biométrico es instrumentado en conjunto por el Ministerio de Educación y el Ministerio de Hacienda y Finanzas. De acuerdo al comunicado oficial, el 99% de los jardines, primarias y secundarias públicas ya cuenta con el equipamiento necesario, mientras que el 50% de los docentes —más de 28 mil— ya se encuentra enrolado y otros 15 mil participan de pruebas piloto.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






