El GCBA licita la concesión de un espacio en Costa Salguero dentro del Distrito Joven
El Gobierno porteño abrió una licitación pública para otorgar por diez años el Espacio N.º 6 del Sector 5 de la Costanera Norte, identificado catastralmente como Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 184, destinado a actividades recreativas, culturales y comerciales, con un canon base fijado en $2.820.000 según tasación del Banco Ciudad.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires abrió una licitación pública para concesionar un espacio ubicado en Costa Salguero, dentro del Distrito Joven Costanera Norte, con el objetivo de desarrollar un proyecto de obra pública destinado a actividades recreativas, culturales, comerciales y de servicios.
El llamado, impulsado por el Ministerio de Hacienda y Finanzas a través de la Dirección General de Concesiones y Permisos, contempla la concesión por un plazo de diez años del Espacio N.º 6 del Sector 5 del distrito. El predio forma parte del dominio público porteño y se identifica con la nomenclatura catastral Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 184. La iniciativa fue autorizada mediante la Disposición N.º 37/GCABA-DGCOYP/2026.
De acuerdo con los pliegos, el concesionario deberá asumir el diseño, la construcción, el mantenimiento y la explotación comercial del espacio, respetando los lineamientos urbanísticos del Distrito U14. La normativa establece una ocupación máxima del suelo del 23%, una altura límite de 12 metros y edificaciones de perímetro libre, además de criterios de integración paisajística y sustentabilidad ambiental, con predominio de áreas verdes de uso público.
En el predio se permitirán usos gastronómicos, culturales, deportivos, comerciales, centros de eventos, mercados, oficinas, espacios de trabajo colaborativo, estacionamientos y alojamiento turístico, entre otras actividades compatibles con el carácter recreativo del sector.
El esquema de concesión prevé el pago de un canon a favor del Gobierno de la Ciudad. Según la tasación realizada por el Banco Ciudad de Buenos Aires, el canon base fijado para el llamado a licitación es de $2.820.000.
Las empresas interesadas deberán presentar una propuesta integral que incluya planos, memoria técnica, cronograma de obras, presupuesto y estudios ambientales, además del detalle de los usos y horarios de funcionamiento. Todos los costos de obra, habilitaciones y trámites administrativos quedarán a cargo del concesionario.
Los pliegos pueden consultarse y descargarse de manera gratuita a través de los canales oficiales del Gobierno porteño. La presentación de ofertas se realizará hasta el 11 de marzo de 2026 al mediodía en la sede de la Dirección General de Concesiones y Permisos, donde también se llevará a cabo la apertura de sobres.
La licitación se enmarca en el proceso de transformación de la Costanera Norte, orientado a integrar la ribera al uso urbano, ampliar los espacios públicos y promover nuevas actividades recreativas y económicas en una zona estratégica de la ciudad.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






