Impulsan una Ley de “Alivio Burocrático” para regularizar clubes de barrio porteños
La iniciativa, impulsada por el bloque libertario en la Legislatura porteña, busca condonar deudas administrativas, frenar clausuras formales y otorgar permisos transitorios por 360 días a entidades con más de diez años de antigüedad.
Un proyecto de ley ingresado este martes en la Legislatura porteña propone crear un régimen excepcional para regularizar la situación administrativa de los clubes de barrio y asociaciones civiles sin fines de lucro en la Ciudad de Buenos Aires. La iniciativa lleva el nombre de “Ley de Alivio Burocrático para Clubes de Barrio” y fue presentada por el legislador Nicolás Pakgojz junto a una docena de coautores de la bancada de La Libertad Avanza, con el objetivo de resolver la informalidad documental prolongada de estas instituciones.
El proyecto establece el “Marco Excepcional de Regularización Administrativa” y contempla la condonación de deudas, multas, recargos e intereses generados exclusivamente por obras ejecutadas sin autorización o por incumplimientos formales de la normativa edilicia y urbanística. Asimismo, dispone la suspensión de clausuras y sanciones documentales mientras dure el proceso de regularización, siempre y cuando no existan riesgos graves para la seguridad, la salubridad o la integridad física de las personas.
Para garantizar la continuidad de las actividades, la Agencia Gubernamental de Control (AGC) —designada como autoridad de aplicación— emitirá un Certificado Transitorio de Regularización Administrativa y Funcionamiento. Este permiso de carácter precario tendrá una vigencia de 360 días corridos, prorrogable por única vez, período durante el cual las instituciones deberán ejecutar un “Plan de Adecuación Administrativa y Técnica”. El articulado estipula que si el organismo no se expide en un plazo de 60 días hábiles, el certificado transitorio se considerará otorgado de pleno derecho, aunque aclara que esto no significará una habilitación definitiva.
Podrán acogerse al beneficio aquellos clubes de escala comunitaria que demuestren un funcionamiento continuo mínimo de diez años (o anterior al 31 de diciembre de 2010) y cuya actividad principal no sea la explotación comercial o el deporte profesional. En sus fundamentos, los autores de la norma argumentaron que el Estado no puede utilizar su propia “inacción o demoras burocráticas” para castigar a entidades que cumplen un rol social clave, aclarando además que la medida no prevé la asignación de subsidios ni asistencia económica directa. La propuesta comenzará ahora su debate en las comisiones parlamentarias.









