Publicado el 6 de octubre de 2026|

La Ciudad regula a los personal trainers en parques y polideportivos: deberán tener autorización para dar clases

El Gobierno porteño aprobó un nuevo reglamento para el uso de parques y polideportivos. La norma prohíbe dictar clases o entrenamientos a terceros, sean gratuitos o pagos, sin autorización previa. También establece restricciones para cobrar, publicitar actividades y utilizar los espacios con fines comerciales.

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Foto: GCBA

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estableció nuevas reglas para el uso de parques y polideportivos porteños y puso el foco, entre otros aspectos, en las actividades desarrolladas por personal trainers y otros profesores que brindan entrenamientos en estos espacios públicos.

La medida quedó formalizada mediante la Disposición N° 100/DGINFRAES/26, firmada el 29 de septiembre y publicada el 5 de octubre en el Boletín Oficial de la Ciudad. El nuevo Reglamento de Convivencia es de cumplimiento obligatorio para todas las personas que ingresen y utilicen las instalaciones.

Uno de los puntos centrales establece que los usuarios no podrán dictar, impartir, desarrollar u organizar clases, entrenamientos o cualquier otra actividad dirigida a terceros, ya sea de manera gratuita o a cambio de una contraprestación, sin contar con la autorización previa de la autoridad competente.

De esta manera, la norma alcanza a quienes utilizan parques y polideportivos para desarrollar actividades de entrenamiento personal o grupal. Para hacerlo, deberán contar con la autorización correspondiente.

El reglamento también establece que los usuarios no podrán percibir dinero, cuotas, aranceles, bonos, inscripciones ni ninguna otra contraprestación vinculada directa o indirectamente con actividades desarrolladas en las instalaciones sin autorización.

A su vez, queda prohibido publicitar por cualquier medio actividades que no hayan sido autorizadas.

La normativa establece que los parques y polideportivos son espacios de uso compartido y que las instalaciones no tienen carácter exclusivo, salvo que la autoridad de aplicación disponga lo contrario.

Los usuarios deberán respetar los horarios y espacios asignados, mantener un trato respetuoso con otras personas y con el personal, cuidar el mobiliario y el equipamiento y conservar la limpieza de los predios.

Entre las prohibiciones figuran dañar instalaciones, árboles, juegos, bancos, luminarias o cercos; retirar materiales o equipamiento sin autorización; portar armas; consumir o poseer sustancias ilícitas; encender fuego fuera de los sectores habilitados y utilizar equipos de sonido a un volumen que interfiera con las actividades.

También se prohíbe tomar fotografías o grabar videos de otros usuarios sin autorización y exhibir banderas, carteles, insignias u otros elementos de carácter político, partidario, religioso o sindical.

El incumplimiento de las disposiciones puede derivar en distintas medidas, desde un llamado de atención verbal o un apercibimiento por escrito hasta la suspensión o revocación de una autorización.

La autoridad también podrá restringir el ingreso y la permanencia, vetar el acceso a las instalaciones y aplicar el derecho de admisión. En los casos que correspondan, podrá además comunicar la situación a las autoridades competentes.

La Gerencia Operativa de Polideportivos quedó facultada para intervenir como autoridad de aplicación y hacer cumplir el reglamento.

La disposición establece además que el ingreso y permanencia en parques y polideportivos implica el conocimiento y aceptación de las normas. Los menores de edad deberán permanecer bajo la supervisión de un adulto responsable cuando la actividad o el espacio así lo requieran, mientras que cada usuario será responsable del cuidado de sus pertenencias.

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