Acto por el primer aniversario del derrumbe de Caballito, en el que murieron dos vecinos
Convocaron a reunirse este sábado al mediodía frente al edificio de Pedro Goyena 555.
Este sábado 8 de febrero al mediodía se realizará un acto ante el primer aniversario del derrumbe de Caballito (Comuna 6), cuando la obra en construcción de Pedro Goyena 551 se vino abajo y dañó el edificio lindero, en el 555. Dos hermanos, Nélida y Ramón Acuña de 81 y 77 años, fallecieron, y 13 familias no pudieron volver a ingresar a sus domicilios.
En la agrupación Vecinos afectados por obras, que reporta sobre estos hechos ocurridos en la Ciudad de Buenos Aires, señalaron: “El 8/2 se cumplirá un año del trágico derrumbe de Goyena 555: dos vecinos fallecidos y 13 familias aún fuera de sus hogares.- Allí estaremos acompañando. Hoy la desidia y desinterés nos tocó a nosotros, mañana vos podes estar en un lugar igual, similar o peor. Es preciso hacernos escuchar y que las autoridades actúen en defensa de los intereses de la ciudadanía, no de unos pocos”.
Tras el derrumbe, las familias se tuvieron que mudar y la empresa constructora se había comprometido a pagarles los alquileres, pero denuncian que “siempre ponen trabas para extender los contratos” semestrales.
El edificio a la obra en construcción está clausurado y las familias temen que por la falta de mantenimiento se hayan agravado los daños, algo que podría poner en riesgo estructural a toda la propiedad.
Los vecinos habían empezado a denunciar problemas en 2022 con la obra en construcción. Hubo instancias de mediación, pero la obra nunca se detuvo.
En tanto, a fines de 2024 se dio impulso a la causa judicial en la cual se acusa a siete imputados de “estrago culposo”. Interviene la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N° 22 de la Ciudad.
En junio del año pasado, la Legislatura porteña sancionó la Ley N° 6716 para condonar deudas “del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, correspondiente a las unidades funcionales del inmueble sito en la Avenida Pedro Goyena N° 555”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






