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Alcoholemia en Año Nuevo: el GCBA duplicará los puestos de control

Durante la celebración de Año Nuevo, el sábado 31 y el domingo primero de enero, el Cuerpo de Agentes de Tránsito del Gobierno porteño reforzará y duplicará los controles de alcoholemia con 20 puestos ubicados en diferentes puntos de la Ciudad. En Nochebuena y Navidad, durante el sábado 24 y el domingo 25 de diciembre se reforzaron los puestos habituales duplicando la cantidad de controles en puntos estratégicos. Hasta el mediodía del domingo 25 de diciembre el examen de alcoholemia fue realizado a 4.204 conductores de los cuales 38 (0.90%) resultaron positivos y no podrán conducir por un mínimo de dos meses; el caso con mayor dosaje fue un conductor con 2,35 g/l, informó la Secretaría de Transporte y Obras Públicas del GCBA. “Como [...]

Publicado el 30 de diciembre de 2022|

Durante la celebración de Año Nuevo, el sábado 31 y el domingo primero de enero, el Cuerpo de Agentes de Tránsito del Gobierno porteño reforzará y duplicará los controles de alcoholemia con 20 puestos ubicados en diferentes puntos de la Ciudad.

En Nochebuena y Navidad, durante el sábado 24 y el domingo 25 de diciembre se reforzaron los puestos habituales duplicando la cantidad de controles en puntos estratégicos. Hasta el mediodía del domingo 25 de diciembre el examen de alcoholemia fue realizado a 4.204 conductores de los cuales 38 (0.90%) resultaron positivos y no podrán conducir por un mínimo de dos meses; el caso con mayor dosaje fue un conductor con 2,35 g/l, informó la Secretaría de Transporte y Obras Públicas del GCBA.

“Como en Navidad, vamos a duplicar los puntos de control de alcoholemia para cuidar a los vecinos y vecinas de la Ciudad. Si vas a tomar, no manejes; elegí el transporte público y planificá tu viaje con antelación. Es clave que celebremos con responsabilidad”. Manuela López Menéndez, secretaria de Transporte y Obras Públicas.

En la Ciudad de Buenos Aires uno de cada cinco incidentes de tránsito está relacionado con el consumo de alcohol. Desde 2016 los controles de alcoholemia se incrementaron 177% (de 119.772 a 331.986) mientras que la cantidad de positivos disminuyó de 3,3% a 1,5%.

En lo que va del 2022, por día, se realizaron casi 1.000 controles de alcoholemia y se detectaron 15 conductores positivos. A partir de este año, las personas que dan positivo en un control se les quita la licencia por un mínimo de dos meses y para recuperarla es obligatorio realizar un taller de seguridad vial.

Paso a paso del control

Verificación de la documentación (licencia de conducir, cédula verde, seguro).

Examen con equipo tipo alómetro (para determinar si hay presencia de alcohol).

A quienes den positivo en el examen alómetro, se les realizará el test con alcoholímetro para determinar dosaje.

Legislación alcoholemia

En el marco del segundo Plan de Seguridad Vial de la Ciudad que busca reducir a cero las víctimas en siniestros viales, se aprobó un nuevo proyecto que profundiza las sanciones en calle para quienes manejen alcoholizados y mejora el proceso de habilitación de los conductores, que deberán aprobar instancias más exigentes.

Esta propuesta fue diseñada con el apoyo de la Fundación Bloomberg Philanthropies y trabajada en conjunto con las organizaciones de familiares de víctimas en siniestros de tránsito.

Inhabilitación de licencia por positivo de alcoholemia

Uno de los puntos centrales de la ley de Convivencia Vial aprobada a fines de 2021 tiene que ver con la inhabilitación para conducir de aquellos conductores que den positivo en un control de alcoholemia. Este es un cambio fundamental ya que anteriormente los infractores podían regularizar su situación en un período breve de tiempo y volver a circular.

En CABA el límite máximo tolerado de alcohol en sangre es de 0,5 gr/l para vehículos particulares, 0,2 gr/l para motociclistas y 0,0 gr/l para principiantes y conductores profesionales.

Con la nueva normativa todos los conductores que den positivo en un control de alcoholemia son inhabilitados por un mínimo de dos meses. Además, dependiendo del dosaje arrojado se implementan las siguientes sanciones:

Entre 0,5 gr/l y 1 gr/l:

Se establece una multa de 150 ($11.365,5) 1000 UF ($75.710) y la inhabilitación de la licencia (de 2 a 4 meses). Si aprueba el curso de educación vial, el plazo se reduce a la mitad en la primera falta.

Se mantiene el acarreo de vehículo y la retención de la licencia de conducir.

Desde 1 gr/l en adelante:

Se establece la multa de 300 ($22.713) a 2000 UF ($151.420) o 1 a 10 días de arresto.

Inhabilitación de la licencia aplicada siempre (4 meses a 2 años). La inhabilitación no puede ser dejada en suspenso. En la primera contravención el plazo de inhabilitación se puede reducir a la mitad si se aprueba el curso de seguridad vial.

*El valor de la UF es de $75.71

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.