Comunicado de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°21 sobre la muerte del enfermero hallado en Palermo
El informe preliminar determinó que el fallecimiento se debió a una afección cardíaca, aunque la Justicia aguarda estudios toxicológicos mientras analiza sustancias halladas en el lugar.
La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°21, a cargo de Carlos Alberto Vasser, investiga las circunstancias de la muerte de Eduardo Alejandro Bentancourt, el enfermero de 44 años que fue hallado sin vida el viernes pasado en un departamento del barrio porteño de Palermo (Comuna 14).
Según el adelanto de autopsia elaborado por el Cuerpo Médico Forense, el fallecimiento se produjo como consecuencia de una “cardiopatía hipertrófica y dilatada con congestión pulmonar”. No obstante, la fiscalía indicó que aún restan los resultados de estudios histopatológicos y toxicológicos que permitirán completar el análisis médico-legal.
El informe preliminar señala que el cuerpo presentaba una venopuntura con signo de vitalidad en el pliegue del codo derecho, sin otras lesiones traumáticas ni indicios de heridas defensivas. Además, se estableció que la persona se encontraba en posición sentada al momento de la muerte y que padecía una enfermedad cardiovascular preexistente.
En cuanto a la data de muerte, los peritos estimaron que el deceso ocurrió entre tres y cinco días antes de la autopsia, realizada el 4 de abril a las 8.
Por su parte, los especialistas de la Unidad Criminalística Móvil de la Policía de la Ciudad que trabajaron en el lugar no encontraron, hasta el momento, elementos que indiquen la intervención de terceras personas.
De acuerdo con la reconstrucción del hecho, el 3 de abril alrededor de las 13.40, efectivos policiales ingresaron al departamento ubicado en Fray Justo Santa María de Oro al 2400 junto a familiares del fallecido, quienes lo encontraron sentado en una silla sin signos vitales. Minutos después, a las 13.53, un médico del SAME confirmó el fallecimiento.
Durante la inspección del inmueble, en la cocina se hallaron ampollas —algunas parcialmente rotas—, una jeringa y un guante de látex. También se secuestraron tres teléfonos celulares pertenecientes a la víctima, que serán peritados.
Entre las sustancias encontradas se identificaron propofol, fentanilo y lidocaína. La fiscalía ordenó medidas para determinar su origen, trazabilidad y las posibles responsabilidades en su obtención.
El contenido de las ampollas fue enviado al Laboratorio Químico de la Policía Federal Argentina, donde será analizado a partir del 13 de mayo. Los resultados preliminares podrían estar disponibles en un plazo de siete días hábiles, aunque ese tiempo podría extenderse.
La causa, caratulada como averiguación de causales de muerte, se encuentra delegada en la fiscalía, mientras que interviene el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°39, a cargo de Santiago Bignone.
La investigación continúa en curso y no se descartan nuevas medidas a partir de los resultados pendientes.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






