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En medio de la reforma laboral, el traspaso de la Justicia del Trabajo a CABA tuvo media sanción y digitalizan trámites locales

"El traspaso de las competencias laborales a la Ciudad ya tiene media sanción", dijo el ministro de Justicia porteño.

Publicado el 12 de febrero de 2026|

En medio de la reciente media sanción al proyecto de Ley nacional de reforma laboral, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la Licitación Pública / Preadjudicación N° 35/CMCABA/25, emitió un dictamen de evaluación de ofertas correspondiente a una Licitación Pública destinada a la contratación de un Sistema Único de Expediente Judicial Electrónico para la Justicia del Trabajo del Poder Judicial porteño. Además, el traspaso de las competencias laborales de Nación a la Ciudad tiene media sanción, tras la votación en el Senado, cuyo eje fue la reforma laboral promovida por el Gobierno de Javier Mieli.

El ministro de Justicia porteño Gabino Tapia dijo el jueves: “El traspaso de las competencias laborales a la Ciudad ya tiene media sanción. Desde el primer día lo dijimos: la Ciudad debe ser plenamente autónoma. La Corte lo ratificó en el Fallo Levinas y, ahora los legisladores empezaron a saldar una deuda de más de 30 años con los porteños”.

En forma previa, el GCBA y Nación habían firmado el convenio de traspaso. Ahora, el debate continúa en el Congreso hasta la sanción definitiva.

Con respecto a la digitalización, la contratación prevé la provisión, implementación, puesta en marcha y mantenimiento del sistema, así como el desarrollo de nuevas funcionalidades. El proceso se realizó bajo la modalidad de licitación pública de etapa única y “llave en mano”, conforme a la normativa vigente en materia de compras y contrataciones de la Ciudad.

Tras el análisis técnico, administrativo y económico de las ofertas presentadas, la comisión evaluadora consideró admisible la propuesta de la empresa IAFIS Argentina S.A., al constatar que se encuentra inscripta en el registro correspondiente y que cumple con los requisitos establecidos en los pliegos. El área técnica recomendó su preadjudicación y le otorgó un puntaje total de 142 puntos.

En función de esa evaluación, se propuso preadjudicarle los renglones 1, 2 y 3 de la licitación por un monto total de USD 5.599.989,84.

Vinculación con el traspaso del fuero laboral

La licitación se da en un contexto en el que el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, se refirió públicamente al traspaso del Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires. En declaraciones recientes, sostuvo que se trata de “una gran noticia” y remarcó que la Ciudad es autónoma y cuenta con su propio Tribunal Superior de Justicia, al que comparó con una corte suprema a nivel local.

Macri señaló además que durante su campaña se había comprometido a impulsar un fuero laboral en la órbita porteña para brindar mayor previsibilidad a pymes y comerciantes. En ese sentido, mencionó que, a su criterio, uno de los factores que impactó en el empleo formal fue lo que definió como la “industria del juicio”, y aludió a fallos del Tribunal Superior de Justicia que, según indicó, comenzaron a establecer límites en actualizaciones y multas en materia laboral.

Días atrás, el minsitro Tapia había anunciado: “Nuevo hito en la autonomía de la Ciudad: firmamos el convenio para que el Gobierno Nacional nos transfiera las competencias sobre la Justicia Laboral. Un servicio de justicia propio, ágil y moderno que le va a permitir a los ciudadanos resolver sus conflictos individuales más rápido y con más previsibilidad para las partes”.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.