Crecen las denuncias por el robo de valijas en la terminal de Retiro
En caso de sufrir un hecho de este tipo, hay que hacer la denuncia en la empresa responsable del micro y ante la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT).
En los últimos días aumentaron las denuncias por el robo de valijas en la terminal de ómnibus de Retiro (Comuna 1). Estos hechos deben ser denunciados ante la empresa responsable y autoridades nacionales.
Según expresaron varios damnificados, la sustracción ocurriría en cercanías de la estación, sobre una esquina particular con una profunda cuneta, utilizando barretas o herramientas similares para dañar el baúl de los micros.
En un reciente viaje a Rosario, los pasajeros se enteraron a mitad de camino que fueron sustraídas unas 10 valijas. Una de las pasajeras mencionó que oyó cuando la bodega se abrió en la terminal de Retiro.
En muchos casos, los pasajeros coinciden en que la estación no cuenta con la seguridad suficiente para evitar este tipo de situaciones.
En lo que va del año, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) informó que se registraron 24 denuncias por robo de equipaje en todo el país. En Retiro (Buenos Aires) se hubo 11, Rosario 4, Santa Fe 2, Puerto Madryn (Chubut) 1, San Nicolás de los Arroyos 1, Bahía Blanca 1, Miramar 1, Corrientes 1, Río Cuarto (Córdoba)1, Terminal Dellepiane (Buenos Aires) 1, informó Télam.
En caso de sufrir un robo de este tipo, es necesario conservar el pasaje y el ticket entregado a la hora de dejar una valija en la bodega. Hay que hacer la denuncia en la empresa y ante la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT). Tiene que hacerse en el portal control.cnrt.gob.ar o llamando al 0800-333-0300, donde se le realiza un seguimiento por la Gerencia de Calidad y Prestación de Servicios.
Según la CNRT, la indemnización es de $93.254,56 de enero a marzo de este año. Si pasan 24 horas sin respuestas, “se intima a la firma para que un plazo de cinco días” brinde una solución.
El Ministerio de Transporte informó que el equipaje que se transporta en la bodega está asegurado por la empresa de manera. Si no hay una respuesta satisfactoria, la empresa debe indemnizar al pasajero afectado.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






