WhatsApp Image 2024-09-14 at 09.28.52

El GCBA impulsa una Ley que reduce trámites, costos y burocracia para los comerciantes

"Queremos que los comerciantes se enfoquen en su emprendimiento, que es lo importante. Porque si ellos crecen, también crece la Ciudad”, resaltó el jefe de Gobierno Jorge Macri.

Publicado el 16 de septiembre de 2024|

El jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Macri, envió a la Legislatura porteña un proyecto de Ley con el objetivo de “simplificar y eliminar trámites y requisitos para los comerciantes”. “Queremos que los comerciantes se enfoquen en su emprendimiento, que es lo importante. Porque si ellos crecen, también crece la Ciudad”, resaltó.

En el articulado, se propone eliminar más de 10 trámites y simplificar más de 35 lo que implica la modificación legislativa de 106 artículos de distintas normas. “Incluye simplificaciones de habilitaciones, optimización de costos y requisitos de distintos trámites, digitalización y modernización de requisitos. También la eliminación de registros”, explican fuentes oficiales, que agregan: “El proyecto que se envía a la Legislatura facilita las gestiones administrativas de más de 130 mil locales comerciales y supone un ahorro para quienes emprenden y generan trabajo en la Ciudad de más de 70 mil millones de pesos”.

Con la nueva Ley de Simplificación se podrá habilitar un local comercial de menos de 500 m2, que representan el 70 % de los comercios de la Ciudad, “en solo 15 minutos”: “Actualmente, el proceso demanda más de 20 días y cerca de unos $250.000 de contratación de un profesional”.

“El proyecto introduce la posibilidad de renovar licencias comerciales mediante una declaración jurada y aplica a rubros de alto impacto como estaciones de servicio, centros culturales y teatros, siempre y cuando no haya modificaciones en las condiciones originales de la licencia. Esto agiliza el proceso de renovación y elimina la necesidad de presentar una nueva solicitud completa”, indican en el GCBA.

“En cuanto al Certificado de Aptitud Ambiental elimina la renovación para los establecimientos de bajo riesgo, que ya no deberán realizar este trámite cada 10 años. Otra de las novedades es la simplificación del trámite del Sistema de Autoprotección, obligatorio para los locales comerciales y cuya falta de cumplimiento puede derivar en clausuras. Una vez aprobada la Ley, los locales de categorías media y alta podrán tramitar este sistema sin la necesidad de presentar documentación de manera reiterada, lo que facilita y acelera la puesta operativa de los establecimientos”, indican en el GCBA.

“También se incorporan mejoras específicas para sectores como el hotelero. Se instala la digitalización de la información mediante códigos QR y se elimina la obligatoriedad de mantener folletos impresos en las habitaciones. Los foodtrucks, un segmento del negocio emprendedor que viene creciendo con fuerza en los últimos años, verán ampliada la vigencia de su habilitación de uno a tres años, y ya no necesitarán tramitar el certificado de aptitud ambiental”, se explica sobre los alcances del proyecto.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.