El GCBA ofrece créditos a tasa preferencial mediante el Banco Ciudad para “impulsar el crecimiento del sector gastronómico”
La propuesta impulsa la innovación y la modernización financiera para el crecimiento de la actividad gastronómica a través de las últimas soluciones tecnológicas en medios de pago, servicios bancarios y créditos. Las líneas de financiación exclusivas a tasa fija son para proyectos de inversión, proyectos sustentables, capital de trabajo y adquisición de vehículos utilitarios, expone el Gobierno porteño.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires lanzó una línea de beneficios exclusivos y préstamos a tasa fija mediante el Banco Ciudad destinados a un sector clave como el gastronómico, que emplea a 79.000 trabajadores y distingue al distrito porteño en todo el mundo.
En el Mercado de Belgrano, el jefe de Gobierno Jorge Macri presentó los beneficios en un encuentro con un centenar de dueños de locales, emprendedores y empleados gastronómicos junto al ministro de Desarrollo Económico, Roberto García Moritán, y Guillermo A. Laje, presidente del Banco Ciudad, la entidad que instrumentará los beneficios.
“La decisión de nuestro gobierno es reconocer a los gastronómicos como sector estratégico para la Ciudad, generan actividad y contribuyen a transformar muchos barrios, por eso queremos ayudarlos y acompañarlos”, dijo Jorge Macri.
“Estamos llevando adelante políticas activas para circuitos específicos, como el gastronómico, que recibe mucho del turismo argentino y extranjero que nos visita año tras año”, agregó.
“Estos nuevos beneficios financieros no solo facilitan la inversión y la expansión de los comercios, sino que también impulsan la generación de empleo, favoreciendo un entorno más competitivo y productivo”, destacó García Moritán.
Un comunicado del GCBA explica los alcances de esta medida: “La propuesta impulsa la innovación y la modernización financiera para el crecimiento de la actividad gastronómica a través de las últimas soluciones tecnológicas en medios de pago, servicios bancarios y créditos. Las líneas de financiación exclusivas a tasa fija son para proyectos de inversión, proyectos sustentables, capital de trabajo y adquisición de vehículos utilitarios”.
“Para la compra de rodados 0km de origen nacional, la tasa del préstamo es de 19,90% (Tasa Nominal Anual) y el monto máximo es de $50 millones, para personas físicas; para personas jurídicas, la tasa es 23,50% TNA y el monto máximo $100 millones, con un plazo de 60 meses y hasta 10 meses de gracia en capital. Los préstamos para capital de trabajo tienen una tasa de 38% TNA, con un plazo de hasta 48 meses (monto máximo sujeto a evaluación crediticia). Para los proyectos de Inversión/Bienes de Capital, la tasa es del 30% TNA, en un plazo de 60 meses con hasta 10 meses de gracia en capital (monto máximo sujeto a evaluación crediticia)”, añaden fuentes oficiales.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






