Publicado el 22 de diciembre de 2025|

El GCBA rechazó a La Rural y adjudicó la concesión por 10 años de un sector de Costa Salguero a una UTE de Publirevistas y AGEA

Por un canon mensual inicial de $240.000.000.

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El Gobierno porteño mediante la Resolución N° 43/MJGGC/25 rechazó la impugnación interpuesta por la firma LA RURAL S.A., contra el Acta de Preadjudicación emitido por la Comisión Evaluadora y apruebó y adjudicó este lunes la Licitación Pública de etapa múltiple a la UT PUBLIREVISTAS S.A.U. – ARTE GRÁFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A. para concesionar por 10 años un predio de Costa Salguero, en la Costanera Norte de la Ciudad de Buenos Aires (Comuna 14).

El contrato es por “el diseño, construcción, mantenimiento, uso y explotación comercial de un espacio perteneciente al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicado en el Sector N° 5 “Costa Salguero” conforme plano obrante como Anexo I de la Ley N° 5.961, correspondiente al Distrito U14 “Distrito Joven – Costanera Norte”, con Nomenclatura Catastral Circunscripción
19, Sección 15, Manzana 184, por el término de diez (10) años”.

“Por Ley N° 5.961, se autorizó al Poder Ejecutivo a otorgar en concesión de uso y explotación a los espacios ubicados en el polígono identificado en su Plano Anexo I, Distrito U14 – “Distrito Joven – Costanera Norte”, por un plazo de hasta diez (10) años, autorizándose asimismo a la construcción en los espacios de dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sujetos a concesión u otorgamiento de uso y explotación mediante el régimen de obra pública o concesión de obra pública, y de acuerdo a los lineamientos generales contenidos en la mencionada Ley”, se explicó.

La documentación informa la UTE “realizó una oferta económica correspondiente a un canon mensual inicial de $240.000.000.

El GCBA justificó al rechazar la propuesta de La Rural: “Habiendo analizado la imposibilidad económico-financiera de LA RURAL S.A. para sostener su propio canon ofertado, corresponde concluir que su oferta económica no supera el estándar de razonabilidad exigido por el Artículo 36 del Pliego Único de Bases y Condiciones”.

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EDICTO JUDICIAL

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 del Departamento Judicial de Avellaneda- Lanús, a cargo del Dr. Martín Alfredo Botassi, cita a los herederos de Vicente Mastrorilli y Montefusco; Víctor Mastrorilli y Montefusco; Francisca Mastrorilli y Montefusco; Ángela Foresti y Montefusco; Alberto Foresti y Montefusco; Rafael Foresti y Montefusco; Velia Foresti y Montefusco; Albor Albert; Domingo Sergio Albert y Foresti; y a quién se crea con derechos en relación al inmueble objeto de autos, sito en la calle General Miller N° 2660 de la localidad y Partido de Lanús, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección N, Manzana 19, Parcela 29, Matrícula 43002, para que en el término de diez días comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “D’AMICO, VERONICA ANDREA Y OTROS C/ MASTRORILLI Y MONTEFUSCO, VICENTE Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA LARGA” Expte. 22.491/2025, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor Oficial para que los represente. Fdo: Martin Alfredo Botassi. Juez.