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Establecieron una fiscalía especializada contra la ludopatía infantil en CABA

Trabaja sobre denuncias pero además puede actuar ante empresas ilegales. También, realiza reuniones con billeteras virtuales y entes reguladores para mejorar el acceso a estas plataformas y de esta forma evitar denuncias.

Publicado el 23 de julio de 2024|

En la Ciudad de Buenos Aires empezó a funcionar una fiscalía especializada en ludopatía infantil. Es una de las tantas medidas que impulsa el GCBA con el objetivo de resguardar a los menores y penar la actividad ilegal.

Esta fiscalía trabaja sobre denuncias pero además puede actuar ante empresas ilegales. También, realiza reuniones con billeteras virtuales y entes reguladores para mejorar el acceso a estas plataformas y de esta forma evitar denuncias.

El Jefe de Gobierno, Jorge Macri, firmó un convenio con el Fiscal General de la Ciudad, Juan Bautista Mahiques, para coordinar y articular acciones referidas a la ludopatía en chicos y adolescentes. El convenio busca crear vínculos de colaboración y cooperación institucional sobre esta temática.

“Juan Mahiques nos propuso trabajar desde una fiscalía para una respuesta rápida y poder reaccionar contra problemas muy graves como son los sitios ilegales de apuestas. Nosotros estamos comprometidos con este desafío y siempre vamos a proteger y garantizar los derechos de los chicos y adolescentes”, dijo Jorge Macri, quien estuvo acompañado por ONGs como Argentina Cibersegura, Faro Digital y profesionales médicos y especialistas.

“Así como la Justicia dio un paso importante creando una Fiscalía Especializada, nosotros desde el Ejecutivo bloqueamos los sitios de apuestas de la red pública y limitamos licencias, entre otras acciones. El Legislativo está trabajando en la unificación de proyectos para crear una ley integral”, agregó el mandatario porteño.

“Que tu hijo esté jugando en su cuarto hoy por hoy no significa que esté fuera de peligro”, señaló Mahiques. “Hay riesgos y tenemos que adaptarnos todos: la justicia, los padres, la escuela. Es un trabajo en equipo y por eso convocamos al Gobierno de la Ciudad, al Ministerio de Educación, de Justicia, al ENACOM, a las empresas de billeteras virtuales, a toda la comunidad educativa y a las ONGs para estar en contacto y en alerta”, finalizó.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.