Expulsaron del país a un ladrón chileno que intentó robar una casa de Parque Patricios y fue acorralado por un pitbull
“En un trabajo conjunto con la Justicia y la Dirección Nacional de Migraciones logramos que sea expulsado de nuestro país y que se le aplique la prohibición de reingreso", afirmó el jefe de Gobierno porteño Jorge Macri.
La Dirección Nacional de Migraciones ordenó que personal de la División Enlace con el Poder Judicial y Servicio Penitenciario de la Policía de la Ciudad expulse del país, sin posibilidad de regreso, a Alejandro Serpa Marilao, un delincuente chileno de 32 años condenado tras ser detenido el 3 de abril luego de intentar robar una casa de Parque Patricios (Comuna 4).
El robo se produjo en una vivienda de la calle 15 de Noviembre al 2600. El ladrón había ingresado con dos cómplices y varias herramientas.
Alertados por vecinos, efectivos de la Policía de la Ciudad se hicieron presentes en la propiedad. Los ladrones huyeron, salvo Serpa Marilao que fue acorralado por un perro pitbull perteneciente a los vecinos.
Al ladrón chileno le secuestraron dos destornilladores de 26 centímetros en una mochila que llevaba.
El caso quedó en manos del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°47, en ese entonces a cargo del doctor Javier Slupsky. El Tribunal N°20, presidido por la doctora Patricia Gabriela Mallo e integrado por los doctores Diego Guardia y Adolfo Calvette, lo condenó por el delito de tentativa de robo en banda.
Luego, Migraciones resolvió expulsar a Serpa Marilao e impedir su regreso. En la audiencia con el imputado, el TOC N° 20 ordenó soltar al ladrón desde el Aeropuerto Metropolitano Jorge Newbery de la Costanera Norte porteña (Comuna 14), luego de que aborde un vuelo a Santiago de Chile.
“En un trabajo conjunto con la Justicia y la Dirección Nacional de Migraciones logramos que sea expulsado de nuestro país y que se le aplique la prohibición de reingreso. En la Ciudad tomamos la firme decisión de que los extranjeros que vienen a delinquir tienen que ser deportados a su país de origen”, afirmó el jefe de Gobierno porteño Jorge Macri.
“Celebro el trabajo conjunto entre la Policía de la Ciudad, la Justicia y la Dirección Nacional de Migraciones para que los delincuentes extranjeros que vienen al país a delinquir no sólo se vayan sino que no puedan volver más. Gracias a este abordaje interdisciplinario estamos reduciendo los índices delictivos”, manifestó este jueves el ministro de Seguridad porteño, Waldo Wolff
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






