La Ciudad reglamentó la reorganización territorial del sistema educativo por Comunas
El Gobierno porteño reglamentó la ley que reorganiza el sistema educativo según las Comunas y estableció un plazo de 180 días para implementar un plan de transición con cambios administrativos, tecnológicos y de gestión.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires oficializó la reglamentación de la Ley 6.888 mediante el Decreto N° 218, con el objetivo de avanzar en la reorganización territorial del sistema educativo en función de las Comunas.
La medida, firmada por el jefe de Gobierno Jorge Macri, establece los lineamientos para adecuar distritos escolares, regiones, sectores y otras unidades de gestión educativa a la división comunal vigente, en línea con lo dispuesto por la Constitución porteña y la Ley 1.777.
Según se detalla en el decreto, la adecuación implica una reconfiguración integral que abarca no solo la delimitación territorial, sino también los circuitos administrativos, los sistemas de información, la planificación educativa y la asignación de recursos. El Ministerio de Educación será la autoridad encargada de implementar estos cambios y dictar las normas complementarias necesarias.
Uno de los puntos centrales es la implementación progresiva de esta reorganización. Para ello, la cartera educativa deberá elaborar en un plazo de 180 días hábiles un plan de transición que contemple, entre otros aspectos, la adecuación tecnológica de los sistemas de gestión y la unificación de bases de datos.
La normativa también habilita la posibilidad de establecer subdivisiones dentro de cada Comuna con fines operativos, que serán comunes a todos los niveles y modalidades del sistema educativo. Asimismo, prevé la reorganización de la asignación territorial de supervisores escolares y de los equipos técnicos y pedagógicos, en función de criterios de cobertura, demanda socioeducativa y cantidad de establecimientos.
En casos excepcionales, se podrán aplicar criterios pedagógicos u organizativos específicos por fuera del esquema territorial, siempre dentro del marco de la ley. Además, se contempla la creación de instancias de articulación a nivel comunal para fortalecer la coordinación entre los distintos actores del sistema.
La reglamentación establece que el proceso se desarrollará de manera gradual, con etapas de adecuación normativa y operativa, e incluye la actualización progresiva de las denominaciones institucionales para su correcta identificación en los sistemas administrativos y de inscripción escolar.
Con este decreto, el Ejecutivo porteño busca avanzar hacia un sistema educativo más integrado y alineado con la organización territorial de la Ciudad, con el foco puesto en mejorar la gestión y garantizar una distribución más equitativa de los recursos.
EDICTO JUDICIAL
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 del Departamento Judicial de Avellaneda- Lanús, a cargo del Dr. Martín Alfredo Botassi, cita a los herederos de Vicente Mastrorilli y Montefusco; Víctor Mastrorilli y Montefusco; Francisca Mastrorilli y Montefusco; Ángela Foresti y Montefusco; Alberto Foresti y Montefusco; Rafael Foresti y Montefusco; Velia Foresti y Montefusco; Albor Albert; Domingo Sergio Albert y Foresti; y a quién se crea con derechos en relación al inmueble objeto de autos, sito en la calle General Miller N° 2660 de la localidad y Partido de Lanús, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección N, Manzana 19, Parcela 29, Matrícula 43002, para que en el término de diez días comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “D’AMICO, VERONICA ANDREA Y OTROS C/ MASTRORILLI Y MONTEFUSCO, VICENTE Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA LARGA” Expte. 22.491/2025, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor Oficial para que los represente. Fdo: Martin Alfredo Botassi. Juez.






