Publicado el 10 de abril de 2026|

Otorgaron reconocimiento histórico a la Casa del Veterano de Guerra de Monserrat

La iniciativa establece además la colocación de una placa conmemorativa en el edificio, destacando su valor simbólico e institucional en la historia reciente del país.

malvinas

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó este jueves 9 de abril, en segunda lectura y con sanción definitiva, el proyecto de ley que declara Sitio de Interés Histórico y Cultural a la Casa del Veterano de Guerra de la República Argentina, ubicada en México 748, en el barrio de Monserrat (Comuna 1).

La iniciativa, presentada por la legisladora María Fernanda Mollard, establece además la colocación de una placa conmemorativa en el edificio, destacando su valor simbólico e institucional en la historia reciente del país.

El reconocimiento pone en relieve el papel central que este espacio ha desempeñado desde el final de la Guerra de Malvinas en 1982. En ese entonces, el inmueble —que había funcionado como sede de la Liga de Amas de Casa— fue cedido para brindar contención a los excombatientes recién regresados del conflicto del Atlántico Sur. Allí comenzaron a organizarse las primeras reuniones destinadas a abordar problemáticas urgentes como salud, empleo, vivienda y asistencia psicológica.

Con el tiempo, la Casa del Veterano de Guerra se consolidó como la primera institución del país dedicada al acompañamiento integral de excombatientes, convirtiéndose en un modelo replicado en distintas provincias. A lo largo de más de cuatro décadas, la entidad impulsó iniciativas sociales, educativas y laborales, además de participar activamente en campañas solidarias y en la difusión de la Causa Malvinas en escuelas.

El proyecto también destaca su rol en la promoción de políticas públicas, incluyendo su participación en el proceso que derivó en la sanción de la Ley Nacional 23.848 —que establece pensiones de guerra— y su colaboración en normativas locales vinculadas a los derechos de los veteranos.

Asimismo, se resalta el vínculo institucional que la Casa mantuvo con el Papa Francisco, quien, siendo Arzobispo de Buenos Aires, acompañó diversas actividades conmemorativas organizadas por la entidad, como la tradicional marcha de antorchas del 2 de abril hacia el Cenotafio de Plaza San Martín.

Con esta sanción definitiva, la Ciudad reconoce formalmente el valor histórico, social y cultural de la Casa del Veterano de Guerra, consolidándola como un sitio emblemático de la memoria colectiva y del acompañamiento a quienes participaron del conflicto de Malvinas.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.