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Foto: @tecnicahicken

Palermo: rechazo de la comunidad educativa a la instalación de cámaras en la Escuela “Cristóbal M. Hicken”

En la Legislatura porteña se presentó un proyecto de Declaración haciéndose eco de este reclamo.

Publicado el 28 de marzo de 2023|

En base a reclamos de la comunidad educativa, legisladores del Frente de Todos presentaron un proyecto de Declaración en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires para rechazar la iniciativa del Gobierno porteño de instalar cámaras en la Escuela Técnica “Cristóbal María Hicken” del barrio de Palermo (Av. Gral. Las Heras 4078).

“La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara su apoyo y acompaña la preocupación de las familias de la comunidad educativa de la Escuela Técnica “Cristóbal María Hicken” D.E.9 quienes se pronunciaron por medio de un acta fechada el 23 del corriente en rechazo a la colocación de cámaras en las aulas de la institución como medida de seguridad”, expresa el texto del proyecto de Declaración. Lleva la firma de Claudio Morresi y varios compañeros de bloque.

En la defensa se afirma: “Las familias de la comunidad educativa de la Escuela “Cristóbal M. Hicken” ubicada en el barrio de Palermo fueron anoticiados el 23 de marzo último por la conducción del establecimiento de la colocación de cámaras en tres aulas con motivo de cubrir la seguridad de los equipos informáticos. Según la información consignada en el acta de la reunión, el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires en conjunto con el Ministerio de Seguridad, y, debido a los robos ocurridos en otras instituciones, implementarán la colocación de cámaras en espacios seguros donde no se encuentran alumnos. Por las características de la institución aquí citada, y atento a que no se cuenta con un espacio seguro, se designaron tres aulas para dicha colocación”.

“Las familias rechazaron explícitamente la posibilidad de tener cámaras en las aulas e instaron a las autoridades a buscar una solución alternativa que podría implicar la construcción de un espacio seguro para los equipos informáticos con las medidas de seguridad necesarias que no impliquen la instalación dentro de las aulas donde estudian sus hijos”, se agrega.

Asimismo, se menciona: “La Ley 26.061 de Protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes en su Artículo 22 “derecho a la dignidad”, expresa que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser respetados respecto a su propia imagen prohibiéndose “exponer, difundir o divulgar” información o imágenes que permitan identificarlos sin autorización expresa de sus padres, representantes legales o responsables. En la misma dirección se pronuncia la Ley 114 de la Ciudad de Buenos Aires de Protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Esta medida incumple en forma flagrante ambas normas y sienta un precedente muy peligroso por el cual, en nombre de la seguridad, se avasallan los derechos de los estudiantes y de los trabajadores”.

“En este sentido acompañamos la decisión de las familias y consideramos que el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires debe resolver las cuestiones de seguridad en las instituciones educativas con estrategias que no vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes que, además de las normas ya citadas, la propia Constitución de la Ciudad de Buenos Aires protege en su artículo 39”, concluye la defensa del proyecto de Declaración.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.