Presupuesto 2025: habrá cambios en el ABL y patentes y las áreas sociales y de seguridad tendrán las mayores partidas
El Poder Ejecutivo envió el proyecto a la Legislatura porteña.
El Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires presentó este lunes en la Legislatura porteña el proyecto de Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Gubernamental del GCBA para el Ejercicio Fiscal 2025. El martes ingresó el Código Fiscal y la Ley Tarifaria 2025.
El proyecto fija el Presupuesto 2025 en $13.926.575.517.109, dividido en gastos corrientes ($11.244.083.906.887) y gastos de capital ($2.682.491.610.22).
“Los ingresos y gastos corrientes proyectados para el ejercicio 2025 muestran un Resultado Económico Primario de $ 2.813.117,6 millones que resulta 80,5% superior que del cierre estimado 2024 representando un 20,2% de los Ingresos Corrientes. El Resultado Primario, esto es recursos totales menos gastos totales sin contabilizar los intereses de la deuda, se estima superavitario en $ 131.078,8 millones, representando un 0,9% de los Ingresos Corrientes”, indica el texto oficial.
El texto parlamentario incluye una análisis de perspectivas para el 2025: “Para el cálculo de recursos y presupuesto de gastos del 2025 de la Ciudad de Buenos Aires se utilizaron como base los supuestos presentados por el Gobierno Nacional en su Proyecto de Presupuesto General para el ejercicio 2025, en el que se estima que el año que viene habrá variación interanual del PIB de +5,0% y un incremento de +18,3% en el nivel de precios al consumidor. Para el tipo de cambio ($/USD), según lo pronosticado por el Ministerio de Economía del Gobierno Nacional, se estima un cierre del tipo de cambio a diciembre de 2024 de $1.019 por dólar y un valor para fin del año 2025 de $1.207. Es decir, que la estimación de devaluación es igual a la expectativa del aumento de precios del 18,3%”.
En cuanto a la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), se aplicará una nueva metodología “para hacerlo más progresivo y equitativo”. Podría aumentar como máximo un 100%.
El GCBA propone, en la Ley Tarifaria, que haya 10 en vez de siete escalas y además brega por sumar un coeficiente geográfico con una bonificación zonal: en barrios del sur se propone el valor 0, en los del centro 1 y en los del norte 2.

Los barrios de zona sur (dentro del 0 y el 0,5 del coeficiente estimado) tendrán una bonificación desde el 25%, lo que impactará en el 26% de las partidas de ABL. En los barrios del centro (coeficiente entre 0,75 y 1,25) tendrán la bonificación desde un 50%, con un beneficio para el 59% del total de los residentes. En los barrios del norte habrá una bonificación a partir del 100%.
En el GCBA ejemplificaron que un vecino de Barracas a fin de 2024 pagará $10.280 y, con la nueva metodología, pagará $12.849 (25%) en enero, en vez de $38.896 (278%) estimados por la forma vigente.

El GCBA propone usar la Valuación Fiscal Homogénea del inmueble como referencia, con un valor máximo de $30.000.000, para la exención de jubilados, pensionados y personas con discapacidad. Por la falta de actualización del cálculo, era difícil obtener este beneficio.
En cuanto a las patentes, fuentes oficiales explicaron que “se propone reestructurar la forma de cálculo del impuesto, con el fin de lograr un sistema más equitativo mediante la readecuación de escalas y alícuotas. La nueva propuesta genera progresividad a partir del incremento de la valuación del vehículo, definiendo un monto mínimo en cada escala y una alícuota para el excedente”.

Con esta premisa, en GCBA calcula que unos 560.313 vehículos (el 60% del total registrado en CABA) verá su alícuota efectiva reducida. Otros 140.695 vehículos (el 15%) la mantendrán. En tanto, unos 266.867 vehículos (el 25%) registrarán un incremento.
En el proyecto de Presupuesto 2025 el gasto de seguridad “se incrementa de manera importante alcanzando el 16,5 % del presupuesto total proyectado para el próximo ejercicio”: “El crédito previsto para esta finalidad en 2025 es de $ 2.298.289,5 millones. En esta finalidad, las acciones son ejecutadas por el Ministerio de Seguridad, incluyendo la Agencia Gubernamental de Control y al Plan de Seguridad Pública, cuyas políticas presupuestarias se basan en el financiamiento de los programas y actividades destinados a implementar la continuidad del fortalecimiento del Plan de Seguridad Pública en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también los cursos de acción del Registro Civil y Capacidad de las Personas y el Cuerpo de Agentes de Tránsito”.
Los servicios sociales representan “el 61,9% del presupuesto total proyectado para el próximo ejercicio, siendo el crédito previsto para esta finalidad en 2025 es de $ 8.613.832,5 millones. “las funciones Salud, Promoción Social, y Educación explican en forma conjunta el 86,9% del total del gasto en la finalidad. La función Educación tiene previsto para 2025 un crédito previsto de $ 2.795.090,6 millones que representa el 32,4% de la finalidad. La función Salud tiene asignado para 2025 un crédito de $ 2.297.884,9 millones que representa el 26,7% de la finalidad. La función Promoción y Acción Social tiene previsto para 2025 un crédito de $ 1.286.506,7 millones que representa el 14,9% de la finalidad. La función Servicios Urbanos tiene previsto para 2025 un crédito de $ 1.216.223,1 millones que representa el 14,1% de la finalidad. Le siguen, Vivienda y Urbanismo con el 6,1%, Cultura con 2,8%, Trabajo con el 1,6%, y Agua y Alcantarillado con el 1,4%. En el siguiente gráfico, se puede observar gráficamente la distribución de la participación de las funciones dentro de la finalidad “Servicios Sociales””, se explica.
El área de Cultura “representa el 2,8% de la finalidad. El crédito previsto para esta función en 2025 es de $ 237.552,3 millones, el cual tiene una variación positiva de $ 76.144,1 millones respecto del cierre estimado 2024. La parte medular de esta función se concentra en programas del ámbito del Ministerio de Cultura y el Teatro Colón”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






