Publicado el 22 de abril de 2026|

Protegen un chalet de Villa Devoto y frenan su demolición por su valor patrimonial

El Gobierno porteño incorporó el inmueble al catálogo preventivo con nivel cautelar. La medida impide avanzar con obras sin autorización especial.

devoto

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires resolvió otorgar protección patrimonial preventiva a una vivienda ubicada en Nueva York 4639, en el barrio de Villa Devoto (Comuna 11), lo que frena su posible demolición y limita cualquier tipo de intervención sobre el inmueble.

La decisión quedó formalizada a través de la Resolución N° 58/SECGDU/26, publicada en el Boletín Oficial, luego de que se iniciara un trámite para autorizar la demolición total de la propiedad. Durante el proceso, las áreas técnicas detectaron que el caso estaba vinculado a una causa judicial previa sobre protección del patrimonio urbano.

A partir de esa situación, el expediente fue analizado por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, que recomendó su catalogación al considerar que se trata de una vivienda con valor arquitectónico y relevancia en el entorno urbano.

Según el dictamen, el inmueble responde a las características típicas del tejido residencial de Villa Devoto, con tipología de chalet, presencia de jardines y una escala acorde a la zonificación de baja densidad. Además, destacaron su “grado de autenticidad” y su valor estético-constructivo como elementos que contribuyen a la identidad del barrio.

Con base en esos criterios, la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano resolvió incorporarlo de manera preventiva al Registro de Edificios Catalogados con nivel de protección cautelar.

Esta categoría implica que no podrán realizarse demoliciones, ampliaciones ni modificaciones sin la intervención previa de los organismos competentes en materia urbanística y patrimonial.

La resolución también ordena notificar a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro para que no dé curso a ningún trámite que afecte al inmueble sin la evaluación correspondiente.

La medida se inscribe en lo establecido por el Código Urbanístico, que fija la obligación de proteger los bienes con valor histórico, arquitectónico o ambiental, y refuerza los mecanismos de preservación del patrimonio construido en la Ciudad.

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