Publicado el 31 de mayo de 2024|

Proyecto 7 informó que una persona sin techo murió en Palermo

"Sería la primera muerte en situación de calle asociada a las bajas temperaturas en la ciudad de Buenos Aires para este año”, dijo Horacio Ávila, referente de la asociación civil.

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Foto: archivo

La Asociación Civil Proyecto 7 informó que el 26 de mayo murió un hombre de 41 años en situación de calle que dormía a la intemperie en el barrio de Palermo (Comuna 14). Ocurrió en Vidt 2086, a dos cuadras del Alto Palermo.

“El pasado domingo 26 se dio, lamentablemente, la primera muerte del invierno de una persona en situación de calle en la Ciudad de Buenos Aires: un hombre de 41 años cerca del Alto Palermo”, señaló Horacio Ávila, referente de la organización Proyecto 7 en declaraciones a Somos Télam.

“Sería la primera muerte en situación de calle asociada a las bajas temperaturas en la ciudad de Buenos Aires para este año”, agregó el representante de la entidad que trabaja sobre la problemática de la situación de calle.

“Lo encuentra otro compañero, que llama a la policía diciendo que no lo podía despertar, que estaba como desmayado. La policía interviene, avisa al SAME y ahí verifican que está muerto”, explicó Ávila.

“Si bien las causas del deceso se van a saber cuando esté la autopsia que ya solicitamos, no hay ningún indicio de violencia en el cuerpo ni nada que se le parezca. Cuando no hubo un accidente o una pelea o un ataque de arma blanca o disparo, nuestra concepción es que ‘murió en la calle’, posiblemente de hipotermia, en este caso”, agregó.

“Los primeros fríos son los peores porque tu cuerpo no está acostumbrado y los cambios de temperatura bruscos que a cualquier persona le afectan –como pasar de 22 a 5 grados-, se sufre más en la calle, porque en esas condiciones una neumonía te lleva enseguida”, precisó Ávila.

El referente de Proyecto 7 contó que la última muerte en situación de calle por causas no violentas en la Ciudad había ocurrido “antes de Navidad”, también asociada a las temperaturas aunque, en este caso, altas “porque con los primeros calores fuertes pasa lo mismo que con el frío”, que el organismo se descompensa, en este caso por deshidratación o alteraciones de la presión arterial.

Así, Ávila le reclamó al Gobierno porteño: “En la Ciudad de Buenos Aires aseguran con bombos y platillos que son 47 los dispositivos que conforman una nueva red de atención, pero tienen que implementar la posibilidad de una libre demanda para ingresar estos centros porque la gente para acceder ahí tiene que llamar al 108 y esperar que le manden un móvil para que después el BAP lo lleve. Si no es así, no pueden ingresar”.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.