Publicado el 21 de septiembre de 2026|

Reglamentada la Ley para acompañar a estudiantes que atraviesan situaciones de duelo

El Decreto 326/26 reglamentó la Ley 6.892, que establece estrategias de acompañamiento para niñas, niños y adolescentes en duelo dentro del sistema educativo porteño. El Ministerio de Educación será la autoridad de aplicación y deberá promover acciones adaptadas a cada comunidad educativa.

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El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reglamentó la Ley 6.892, que establece un marco para el acompañamiento de niñas, niños y adolescentes que atraviesan situaciones de duelo en el ámbito educativo. La medida fue establecida mediante el Decreto 326/26, publicado este lunes en el Boletín Oficial porteño.

La norma establece que el Ministerio de Educación será la autoridad de aplicación y deberá implementar las políticas, programas y acciones necesarias para cumplir con los objetivos de la Ley. La legislación fue sancionada en noviembre de 2025 y contempla el acompañamiento integral de estudiantes en duelo en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo.

La reglamentación dispone que las estrategias deberán adecuarse a las características de cada comunidad educativa y contemplar la edad, el grado de madurez y el contexto familiar, social, cultural y educativo de cada niña, niño o adolescente.

El Decreto 326/26 señala que el Ministerio de Educación deberá promover estrategias institucionales de acompañamiento para estudiantes que atraviesen procesos de duelo. Las acciones podrán adaptarse a los diferentes niveles y modalidades educativas y deberán respetar las particularidades de cada institución.

También se establece que las políticas podrán contemplar mecanismos de articulación y trabajo conjunto con otras áreas del Gobierno cuando sea necesaria su intervención, con el objetivo de desarrollar un abordaje integral de las situaciones que atraviesen los estudiantes.

La reglamentación aclara además que las acciones deberán respetar las particularidades institucionales, los idearios educativos y las competencias propias de cada nivel y modalidad del sistema educativo porteño.

La Ley 6.892 plantea, entre sus objetivos, promover la capacitación de docentes, equipos de orientación escolar y otros integrantes de las comunidades educativas, además de generar lineamientos y estrategias para acompañar a estudiantes en duelo. También contempla espacios de diálogo para familias y equipos educativos, campañas de concientización y articulación con organismos públicos y organizaciones comunitarias.

Uno de los puntos incorporados en la reglamentación está relacionado con la producción de información y la investigación sobre el abordaje del duelo en el sistema educativo.

El decreto establece que la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa (UEICEE), encargada de las acciones vinculadas con la producción de información previstas por la Ley, deberá respetar los principios de protección de datos personales y confidencialidad establecidos por la normativa vigente.

La Ley también contempla que la producción de datos permita evaluar el impacto de las estrategias implementadas y contribuir a mejorar los abordajes destinados a niñas, niños y adolescentes que atraviesan situaciones de duelo.

De esta manera, la reglamentación establece el marco operativo para que el Ministerio de Educación avance con las acciones previstas por la Ley 6.892, que busca incorporar el acompañamiento de los procesos de duelo dentro de las políticas educativas y de protección integral de derechos de niñas, niños y adolescentes.

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