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Foto: Región Metropolitana

Villa Lugano: vecinos se ataron a los árboles en contra de la tala y la construcción del paso bajo nivel de Larrazábal

Los ciudadanos se manifiestan bajo el lema "No dividan Lugano".

Publicado el 11 de septiembre de 2024|

Vecinos del barrio de Villa Lugano (Comuna 8) este miércoles por la mañana se ataron a varios árboles para impedir que sean talados en el marco de la construcción del paso bajo nivel de la avenida Larrazábal y las vías del tren Belgrano Sur, obra que rechazaron en varias ocasiones, como una Audiencia Pública celebrada en julio.

Bajo el lema “No dividan Lugano”, los ciudadanos aseguran que el GCBA tiene pensado derribar unos 40 árboles para dar lugar a la obra vial. Además, habían promovido una acción de amparo para suspenderla.

A través de redes sociales, como la de Luganense, se divulgaron videos en los que se ve a algunas personas forcejar sobre las rejas amarillas que dividen el perímetro de la obra iniciada. Los operarios intentaban que las derriben.

La obra se sitúa en Larrazabal N° 3.750 y la intersección con las vías del Ferrocarril Belgrano Sur (Área según CUR: 3), con una superficie total de 6.135 m².

Al defender la construcción de este PBN, en el Ministerio de Infraestructura del Gobierno porteño afirmaban en febrero: “En el contexto de una Ciudad sin barreras, se continúa con la ejecución de pasos bajo nivel que mejores la movilidad urbana en los diferentes barrios, haciendo foco en la parte sur de la Ciudad. Los pasos bajo nivel permiten una mayor fluidez del tránsito, una disminución del riesgo de siniestros, una reducción de gases de combustión, una disminución importante en niveles de ruido y además ponen en valor entornos usualmente degradados. El paso bajo nivel Larrazábal FFCC Belgrano Sur será el comienzo; una vez finalizado, se continuará con su par vial, el paso bajo nivel Cafayate, para que el funcionamiento de esa zona sea óptimo y más seguro. Estos espacios ganados son fundamentales para que más vecinos puedan disfrutar de lugares de recreación, descanso y encuentro. Sumado a eso, permite el desarrollo de comercios, lo que trae cada vez más vida al barrio. El inicio de esta obra está estipulado para junio de 2024 y se estima su finalización pasada la mitad del año 2025”.

En una petición en Change.org iniciada en 2020, la Junta Historia Lugano informó que ya en 2018 la empresa estatal Autopistas Urbanas SA (AUSA) tenía el proyecto del viaducto. “Llamamos a concientizarnos sobre la necesidad de generar una infraestructura antes que cierren definitivamente las barreras y esa infraestructura debe ser positiva y de progreso para nuestros barrios. El grupo de la mesa de trabajo, No dividan Lugano, realizo investigaciones y llego a la conclusión que el mejor proyecto es el de viaducto aéreo, para conocer más pueden ingresar al siguiente link para informarse”, indicó la institución.

“En 2024 estamos movilizados por el llamado a LICITACION por materiales (6500 millones de pesos) para el día 26-3-2024, sin audiencia pública, sin conocer la opinión de los vecinos, firmado por TODOS LOS DIRECTIVOS DE AUSA. Si el viaducto no fuera viable, podrían realizarse trincheras y si tampoco fuera posible, AUSA debería responder para que gastar tanto dinero. Reorganicen el tránsito por Av. Argentina que en definitiva será por donde se terminará circulando porque el resto quedará inaccesible”, sumaron.

En abril de este año, la Defensora del Pueblo de la CABA María Rosa Muiños recomendó al Ministro de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Pablo José Bereciartua, que “suspenda la obra de un paso bajo nivel en el cruce de avenida Larrazábal y las vías del FFCC Belgrano Sur, cuestionada por vecinos y vecinas del barrio”.

“El proyecto de construcción de un túnel que pase por debajo del cruce de Avenida Larrazábal y las vías del Ferrocarril Belgrano Cargas fue dado de baja en 2018 por el gobierno anterior debido a la movilización vecinal que entonces, como ahora, se opuso al proyecto. Años después, el nuevo gobierno retomó el tema sin consultar a la comunidad, la cual se enteró de la iniciativa oficial debido a que se publicó el llamado a licitación hace pocas semanas”, indicaba la Defensoría.

“Ante el reclamo vecinal, personal de la Dirección General de Derecho de Acceso a la Ciudad de la institución se reunió con numerosos vecinos y vecinas del barrio y recorrieron la zona que sería afectada por la obra. De acuerdo con el análisis de los afectados, este proyecto no está relacionado con las características del barrio e impactará negativamente en el ambiente, afectará tanto la seguridad como la actividad comercial, provocará la extracción de numerosos árboles añosos, incrementará los riesgos de anegamientos e inundaciones y afectará la accesibilidad de escuelas de la zona”, se agregaba.

“El estudio del caso, a su vez, permitió comprobar que en el proceso licitatorio se cometieron irregularidades administrativas, no se atendieron las exigencias del Plan Urbano Ambiental (PUA) vigente en nuestra ciudad y no se cumplió con las exigencias de la ley 123 que establece el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Es por ello que la Defensoría del Pueblo recomendó al Ministro de Infraestructura que suspenda la licitación para desarrollar esta obra y que se convoque a una mesa de trabajo para intercambiar opiniones y consensuar las características que debería tener su reformulación, la cual deberá estar integrada por un/a representante del Ministerio, un/a representante de la empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA), un/a representante de la Junta Comunal 8, un/a representante de los/as vecinos/as del barrio de Villa Lugano y un/a representante de la Defensoría del Pueblo”, finalizaba la entidad a cargo de Muiños.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.