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Foto: GCBA

Vecinos de Chacarita se organizan contra el Código Urbanístico porteño

La idea será presentar un proyecto de Ley para limitar la capacidad de edificación en la zona. 

Publicado el 22 de marzo de 2023|

Vecinos reunidos en el colectivo Amparo Ambiental para Chacarita se están organizando para reclamar contra el Código Urbanístico de la Ciudad de Buenos Aires. La idea será presentar un proyecto de Ley para limitar la capacidad de edificación en la zona.

Este domingo 19 de marzo en Fraga Cultural celebraron una segunda reunión al respecto. Sobre este encuentro, afirmaron: “Los tiempos nos corren un poco con el depredador inmobiliario por eso algo de la transferencia de confianza mutua suple por ahora la necesidad de conocer más a fondo nombres y rostros de vecinos”.

“Acordamos cuál sería la modalidad de reunión y toma de decisiones. Votamos por mayoría la propuesta de Ley que comenzaremos a discutir para limitar el Código Urbanístico actual. Comenzamos de a poco a organizar comisiones”, adelantaron.

Desde su sanción en 2018 y sus posteriores reformas, asambleas vecinales de distintos barrios porteños se pronunciaron contra el Código Urbanístico.

Sostienen que permite edificar a una mayor altura, por lo cual muchos propietarios venden casas de zonas residenciales, las cuales son derribadas para construir inmuebles que modifican el paisaje tradicional de distintos barrios.

De hecho, algunas lograron la aprobación de Leyes para modificar la normativa y permitir así un límite en la construcción dentro de áreas residenciales.

Así pasó el año pasado cuando se aprobó una Ley para reducir las alturas máximas de futuros edificios en Lomas de Núñez y en Belgrano (Bajo Belgrano, Barrio River). Fue por impulso de asambleas locales como Vecinos Unidos de Núñez y Asociación Vecinal de Fomento Barrio Parque General Belgrano y Nuevo Belgrano.

Ante este hito, distintas asambleas empezaron a presentar sus propios proyectos para limitar la edificación en altura.

Así pasó en Villa Ortúzar, por impulso de los integrantes de Somos de Ortúzar (Comuna 15); en Villa Devoto, mediante Devoto Unido (Comuna 11) y distintos sectores de la Comuna 11 a través de Conciencia Urbana – Comuna 11.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.