La inflación porteña fue del 7,5% en mayo y acumula 114,4% interanual
El segmento Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 6,6%.
La Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires informó que en mayo el Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires (IPCBA) registró un incremento de 7,5%. Acumula una suba de 41,1% en los primeros cinco meses del año, y 114,4% interanual.
El informe expone que “durante mayo la variación del IPCBA respondió fundamentalmente a las subas en las siguientes divisiones: Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles, Alimentos y bebidas no alcohólicas, Transporte, Restaurantes y hoteles y Salud, que en conjunto explicaron el 71,6% del alza del Nivel General”.
Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles promedió una suba de 12,5%, contribuyendo con 2,15 p.p. (puntos porcentuales) a la variación mensual del IPCBA, al impactar principalmente los ajustes en las tarifas residenciales del servicio de electricidad y en los precios de los alquileres. Le siguieron en importancia, los incrementos en los valores de los gastos comunes por la vivienda y en el servicio residencial de gas natural por red.
Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 6,6%, con una incidencia de 1,22 p.p. en el Nivel General. Al interior de la división, los principales impulsos provinieron de Leche, productos lácteos y huevos (12,2%) y Pan y cereales (10,1%). En menor medida, se destacaron las alzas en Azúcar, repostería y postres (11,1%) y en Carnes y derivados (2,0%).
Transporte registró una suba de 7,6% e incidió 0,76 p.p., debido a los incrementos en los valores de los automóviles, en la tarifa del viaje en taxi (que entró en vigencia el 6 de mayo) y en los precios de los combustibles y lubricantes para vehículos de uso del hogar.
Restaurantes y hoteles promedió un alza de 6,6%, con una incidencia de 0,75 p.p., como resultado de los aumentos en los precios de los alimentos preparados en restaurantes, bares y casas de comida. En sentido contrario, las caídas en las tarifas del servicio de alojamiento en hoteles contribuyeron a aminorar la suba de la división.
Salud aumentó 6,2% e incidió 0,51 p.p., por ajustes en las cuotas de medicina prepaga y, en menor medida, por incrementos en los valores de los medicamentos.
El resto de las divisiones tuvo una incidencia positiva, aunque menor, en el Nivel General.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






