Día de la Infancia: Defensa al Consumidor de la Ciudad brinda claves para elegir juguetes seguros
Antes de realizar una compra es importante que verifiquemos que en las etiquetas de los juguetes figure la información obligatoria como por ejemplo los sellos de seguridad, la edad recomendada y las modalidades de uso de los juguetes, indicaron fuentes oficiales.
Como el domingo 20 de agosto se celebra el Día de la Niñez, Defensa al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires elaboró una lista con distintas claves para hacer compras seguras de juguetes.
“Las indicaciones de los pictogramas son de vital importancia debido a que los diseños respetan las distintas etapas cognitivas y de conducta de los niños. Según los expertos cuando hablamos de infancia, nos referimos a la etapa que transcurre desde el nacimiento hasta los doce años”, indican fuentes oficiales.
“Es por esto que cada juego presenta características específicas, los destinados a la primera infancia contienen piezas más grandes para que no puedan ser ingeridas, en tanto los juegos para niños más grandes proporcionarán mayores desafíos a nivel cognitivo”, agregan.
“Antes de realizar una compra es importante que verifiquemos que en las etiquetas de los juguetes figure la información obligatoria como por ejemplo los sellos de seguridad, la edad recomendada y las modalidades de uso de los juguetes”, explicó Julia Domeniconi, secretaria de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Ciudad.
Agregó: “Por otro lado, en días de subas de precios como los actuales, recordamos que todos los comercios deben exhibir los precios y respetar esos valores al momento del pago, ya sea en efectivo o con tarjeta en un pago. En caso de compras efectuadas por internet, las condiciones de venta también deben ser claras y, en caso de no serlo, es recomendable que el consumidor se comunique con el servicio de atención al cliente para aclarar sus dudas antes de realizar la compra”.
derechos como consumidor:
1. Según Defensa al Consumidor, se debe “comprobar que los juguetes presenten los sellos de certificación de seguridad CE y CS”: “Los productos ofrecidos en las jugueterías y establecimientos comerciales deben cumplir con normas de seguridad para que su uso sea seguro entre los niños y niñas. En este sentido, resulta fundamental prestar atención a los sellos de certificación de seguridad, que deben estar indicados en los juguetes con las siglas CE (para artículos eléctricos) y CS (artículos en general), que indican que tanto el fabricante como el importador han verificado el cumplimiento de la normativa vigente respecto de la calidad de los materiales”.
2. “Verificar que las etiquetas contengan la información del fabricante y los datos de contacto de la marca y chequear que el producto incluya el pictograma que indica las edades para las que fue diseñado”.
3. “Las instrucciones de uso y demás información deben estar escritas en español. Este es un aspecto que muchas veces no se respeta y resulta fundamental cuando, por ejemplo, se trata de productos que utilizan energía eléctrica. En esos casos, hay que detenerse a leer las indicaciones de funcionamiento del juguete previo a utilizarlo, porque si bien casi todos los dispositivos pueden enchufarse a la red doméstica, algunos podrían precisar adaptadores”.
4. “Garantía, condiciones de compra y cambios. Todos los productos tienen un mínimo de garantía legal de 6 meses, por más de que el comercio no entregue una certificación. Al formalizar la compra, se debe solicitar siempre una factura o ticket de compra (será el único documento válido para reclamar su cambio frente a un desperfecto o falla). Además, se deben conservar los datos de la compra (comprobantes y facturas electrónicas) hasta que termine el período de garantía del producto. Por otro lado, en caso de querer realizar un cambio, éste podrá hacerse, sin restricciones de días y horarios, dentro de los 30 días a contar desde la entrega del producto y el comercio deberá respetar el valor abonado al momento de la compra. En los casos en que existiera una diferencia a favor del consumidor al realizar el cambio, el comercio deberá emitir una nota de crédito que podrá utilizarse dentro de los 90 días posteriores a su emisión”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






