Más de 100 familias resisten el desalojo de la Casa Santa Cruz de Parque Patricios
Los ocupantes del inmueble alertan por "un operativo descomunal dado las características del conflicto, llevada a cabo por las fuerzas represivas del estado".
Luego de una vigilia en la noche de este lunes, más de 100 familias resisten el desalojo de la Casa Santa Cruz, ubicada en la calle Santa Cruz 140 del barrio de Parque Patricios (Comuna 4). Hay unas 600 personas que resisten el operativo, llevado a cabo por cientos de efectivos de la Policía de la Ciudad que rodean el lugar.
La semana pasada las familias marcharon al Obelisco denunciando la inminencia del desalojo: el día jueves 19 de octubre, en el expediente de la causa que lleva vigente más de 13 años en el juzgado Civil N° 60, fueron “notificados del mandamiento de lanzamiento que fija el día martes 31 de octubre el desalojo de las 107 familias” que viven allí desde el año 2004. Se trata de más de 350 personas.
“Ese día se pronostica un operativo descomunal dado las características del conflicto, llevada a cabo por las fuerzas represivas del estado. Es sabido en todos estos años de lucha, que hemos transitado un camino proactivo de propuestas expuestas en todo ámbito institucional, hemos caminado la legislatura porteña para que se aprueben los distintos proyectos de ley presentados desde la casa, conformarnos en cooperativa de vivienda (Papa Francisco Ltda.) para acceder de forma colectiva a la construcción de una solución definitiva en esta ciudad, también hemos golpeado las puertas de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y en el Ministerio de desarrollo humano y Hábitat Nacional y de la ciudad con reuniones en las diferentes gestiones, pero aun así y con un desalojo en puerta, no hemos alcanzado los compromisos políticos necesarios para prosperar las mesas de trabajo que logren destrabar de una vez y por todas la solución habitacional que tanto trabajamos en el cotidiano”, indicaron las familias.
“A 8 días un nuevo intento de desalojo, es que reforzamos nuestro compromiso con la lucha por el acceso a la vivienda digna y hacemos un llamamiento a todas las individualidades, organismos de DDHH, espacios de militancia políticos y sociales, del barrio, de la comuna, de la ciudad toda. Porque creemos fervientemente que la salida siempre es colectiva”, sumaron.
“Que así como pudimos resistir en nuestra primera vez, allá por septiembre del 2019 y solicitamos la suspensión del desalojo, hoy en un contexto donde no existe trabajada la solución de mínima que es la relocalización en un contexto donde no hay oferta de alquileres, donde nos discriminan por tener hijos pequeños a cargo, con valores de mercado que no podemos sustentar, nos vemos en la obligación de volver a resistir el desalojo más grande de la ciudad. Nos negamos a que nos expulsen de nuestro centro de vida, a un subsidio habitacional insuficiente, a que nuestros hijxs no puedan ir más al colegio del barrio y más aún, que nos desalojen con la fuerza pública dejándonos en la calle. Sin soluciones, nos vemos obligados nuevamente a resistir, por nosotros, por nuestros hijos y por nuestros adultos mayores”, concluyeron.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






