En La Libertad Avanza se presentó un proyecto para derogar la ley IVE: aseguran que fue a título personal de una diputada
La iniciativa pide la derogación de la Ley 27.610.
Diputados de La Libertad Avanza presentaron un proyecto de Ley para derogar la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), sancionada a fines del 2020. La autora es Rocío Belén Bonacci y pide la derogación de la Ley 27.610 y solicita retrotraer los artículos del Código Penal que esta norma modificaba.
El documento presentado en Diputados el lunes fue acompañado por los diputados Benedit Beltrán, María Fernanda Araujo, Lilia Lemoine, Manuel Quintar y el presidente del bloque libertario, Oscar Zago. No obstante, en las últimas horas desde el entorno de estos últimos trascendió que no dieron su consentimiento explícito para ser coautores.
También, a través de influencers libertarios, se dejó trascender que esta propuesta no tiene el aval del presidente Javier Milei. Bonacci en sus redes habló de iniciativa a título personal.
No son firmas de puño y letra, son acompañamientos de miembros de mi bloque, con los que previamente charlamos acerca de este proyecto, algunos por WhatsApp (ejemplo👇🏻) y otros personalmente… podían estar o no. no sé por qué tienen el afán de llamarle operación a todo pic.twitter.com/IYHdpQ0RnA
— 🇦🇷 Rocío Belén Bonacci (@RocioBonacci) February 8, 2024
En el caso del artículo 85, esta propuesta volvería a penalizar “con reclusión o prisión de uno a cuatro años” a quien causare el aborto en cualquier etapa de gestación y en el artículo 86 reinstalaría la “inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena” a los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que “abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo”. Actualmente, de acuerdo con la ley 27.610 que se encuentra vigente, ambos artículos indican que no se incurre en delito en caso de que el aborto sea realizado dentro de las primeras 14 semanas de gestación y “con consentimiento de la persona gestante”, repasa Télam.
Lilia Lemoine niega haber firmado el proyecto. Dice que la metieron sin su consentimiento y bardea a su compañera de bloque.
— Matias Mowszet ⭐️⭐️⭐️ (@MatiMow) February 8, 2024
En tanto la propuesta libertaria pide volver a modificar el artículo 85 del Código Penal y penalizaría “con reclusión o prisión de uno a cuatro años” si se practicara un aborto con consentimiento “de la mujer”. Además, se eliminaría el artículo 85 bis, que reprime “con prisión de tres (3) meses a un (1) año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena” a quien “dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare” a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados. Asimismo, se modificaría el artículo 88 del Código Penal: “Será reprimida con prisión de uno (1) a tres (3) años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare”, añade la agencia.
En la legislación actual, este artículo aplica tan solo de tres meses a un año a la persona gestante que, “luego de la semana catorce (14) de gestación causare su propio aborto o consintiera que otro se lo causare”. El proyecto presentado por LLA plantea además que “la tentativa de la mujer no es punible. El juez podrá disponer que se exceptúe de la pena a la mujer en atención a los motivos que la impulsaron a cometer el delito, su actitud posterior, y la naturaleza del hecho”, se repasa.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






