La inflación porteña de febrero fue del 14,1% y la trayectoria interanual se ubicó en 264,5%
Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 14,7%, Transporte promedió una suba de 21,0%, Salud se elevó 21,1%.
La Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informó que en el mes de febrero, el IPC de la Ciudad (IPCBA) registró un incremento de 14,1%. Acumula una suba de 38,9% en los dos primeros meses del año, mientras que la trayectoria interanual se ubicó en 264,5%.
Durante febrero la variación del IPCBA respondió fundamentalmente a las subas en las siguientes divisiones: Alimentos y bebidas no alcohólicas, Transporte, Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles, Salud e Información y comunicación, que en conjunto explicaron el 72,2% del alza del Nivel General, explica el informe oficial.
También menciona que Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 14,7%, contribuyendo con 3,05 p.p. a la variación mensual del IPCBA. Al interior de la división, los principales impulsos provinieron de Pan y cereales (16,4%), Leche, productos lácteos y huevos (17,1%) y Carnes y derivados (7,9%).
📊En el mes de febrero, el IPC de la Ciudad (#IPCBA) registró un incremento de 14,1%. Acumula una suba de 38,9% en los dos primeros meses del año, mientras que la trayectoria interanual se ubicó en 264,5%
📲Informe completo en: https://t.co/VXQPIVuevM#EstadísticaBA #Inflación pic.twitter.com/LX9cwozeEG
— Dirección General de Estadística y Censos – GCBA (@EstadisticaBA) March 7, 2024
Por otra parte, Transporte promedió una suba de 21,0% e incidió 2,27 p.p., debido al ajuste en el valor del boleto de colectivo urbano. Le siguieron en importancia, los incrementos en los precios de los automóviles y de los combustibles y lubricantes para vehículos de uso del hogar. En sentido contrario, las caídas en los valores de los pasajes aéreos contribuyeron a aminorar la suba de la división.
Además, el segmento Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles registró un alza de 13,2%, con una incidencia de 2,06 p.p., al impactar principalmente las subas en las tarifas residenciales del servicio de electricidad y en los valores de los alquileres.
Salud se elevó 21,1% e incidió de 1,74 p.p., por ajustes en las cuotas de la medicina prepaga.
Información y comunicación aumentó 19,4%, con una incidencia de 1,07 p.p., debido principalmente a los incrementos en las tarifas de los servicios de telefonía móvil y de comunicación agrupados.
El resto de las divisiones tuvo una incidencia positiva, aunque menor, en el Nivel General.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






