Liberaron a los barras de All Boys que tenían un ataúd y banderas contra Israel en el clásico con Atlanta
También tenían "pirotecnia y otros símbolos provocativos que nada tienen que ver con la esencia del deporte", indicó el ministro de Seguridad porteño Waldo Wolff.
La Justicia dejó en libertad a los cinco hinchas de All Boys que el sábado por la tarde intentaron ingresar con un ataúd pintado con los colores de la bandera de Israel al estadio Malvinas Argentinas de Floresta (Comuna 10), en el cual se jugó el clásico del ascenso contra Atlanta. Tenían banderas de Palestina e Irán y también pirotecnia.
Facundo Del Gaiso, legislador porteño (Vamos por más) y miembro del Comité de la Seguridad en el Fútbol, aseguró: “En el partido All Boys-Atlanta, ante el delito de antisemitismo, la Policía de la Ciudad actuó correctamente y detuvo a los autores. Fue vergonzoso que el Fiscal Néstor Maragliano, lo considere una contravención y ordene al momento de la detención, que los suelten. Como miembro del Comité de la Seguridad en el Fútbol voy a presentar un proyecto para que ante manifestaciones evidentes de Odio, Discriminación, Racismo y Antisemitismo, se suspenda el partido. Lo de All Boys -Atlanta fue grave, no es “folclore”. Se tendría que haber suspendido”.
Ese día la Brigada de Conductas Delictivas detuvo a cuatro hinchas de entre 22 y 49 años en las inmediaciones del estadio. Terminado el partido, en el cual el local ganó 1-0, se arrestó a un quinto sospechoso.
Una vez concluido el encuentro, el ministro de Seguridad porteño Waldo Wolff aseguró: “En una jornada futbolera, una facción de la barra de All Boys quiso entrar ataúdes con la bandera de Israel, pirotecnia y otros símbolos provocativos que nada tienen que ver con la esencia del deporte. Vamos a ser inflexibles con aquellos que incitan a la violencia y les aplicaremos las sanciones correspondientes. En la Ciudad no hay lugar para los violentos. Es con orden”.
La actitud de los hinchas fue repudiada por el propio presidente Javier Milei y desde la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas se expresó: “La DAIA comunica su profundo rechazo a las inaceptables expresiones racistas y antisemitas por parte de la Barras Brava del Club All Boys que tuvieron lugar este sábado en Floresta. Exhibir un cajón fúnebre con la bandera del Estado de Israel constituye una manifestación de odio que el fútbol argentino no merece”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






