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Jorge Macri y los gobernadores firmaron un compromiso para luchar contra la impunidad del caso AMIA

"La jornada es inédita, ya que se trata de la primera vez que se reúnen los mandatorios provinciales de la Argentina, para dejar expresada su voluntad y compromiso con la imperiosa necesidad de que en la causa AMIA se haga justicia", informó la entidad.

Publicado el 25 de junio de 2024|

En el “Encuentro Federal por la Memoria”, el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Jorge Macri y los gobernadores firmaron una declaración conjunta en la que se comprometen a denunciar la impunidad del caso del atentado terrorista contra la sede de la AMIA, ubicada en el barrio de Balvanera (Comuna 3).

“La jornada es inédita, ya que se trata de la primera vez que se reúnen los mandatorios provinciales de la Argentina, para dejar expresada su voluntad y compromiso con la imperiosa necesidad de que en la causa AMIA se haga justicia”, informó la entidad.

A 30 años del atentado terrorista perpetrado contra la sede de Pasteur 633, los mandatarios se comprometieron a: “Realizar y apoyar la organización de actividades tendientes a denunciar la impunidad vigente en la causa, y mantener vivo el reclamo de justicia, y el homenaje permanente a las 85 víctimas fatales de la masacre perpetrada el 18 de julio de 1994. Emprender iniciativas que promuevan la paz, la defensa de los derechos humanos, la convivencia en la diversidad, y que fomenten el ejercicio de la memoria colectiva para evitar el germen de toda acción de odio y discriminación. Contribuir con proyectos y programas sociales, culturales y educativos al combate contra el antisemitismo y la xenofobia, promoviendo una cultura de respeto y entendimiento mutuo”.

Desde AMIA expresaron: “La Argentina de la unión es posible, con base en los denominadores comunes que son mucho más fuertes que nuestras diferencias. Así lo demostraron hoy los gobernadores en el “Encuentro Federal por la Memoria”. Muchas gracias”.

Junto a Jorge Macri, estuvieron los gobernadores Axel Kicillofok (Provincia de Buenos Aires), Raúl Jalil (Catamarca), Leandro Zdero (Chaco), Gerardo Zamora (Santiago del Estero), Rogelio Frigerio (Entre Ríos), Sergio Ziliotto (La Pampa), Alfredo Cornejo (Mendoza), Maximiliano Pullaro (Santa Fe), Osvaldo Jaldo (Tucumán), Marcelo Orrego (San Juan), Claudio Poggi (San Luis), Martin Llaryora (Córdoba), Claudio Vidal (Santa Cruz), Gustavo Saenz (Salta), Pedro Pesatti (Río Negro). Estuvo el jefe de Gabinete de Neuquén, Juan Luis Ousset.

En representación del Gobierno nacional estuvo el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.