Publicado el 28 de noviembre de 2024|

Usuarios y empresas impulsan una petición para que el GCBA no cambie el color de las líneas de colectivo

Solicitan que se mantengan los diseños característicos de cada recorrido. La intención oficial es unificarlos.

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Usuarios presentaron una petición en Change.org para que el Gobierno porteño no suprima los colores de las 31 líneas de colectivo que le traspasó el Gobierno nacional, ya que solo circulan por territorio capitalino.

El reclamo fue impulsado este miércoles ante el anuncio oficial. La intención oficial es unificar las unidades de las 31 líneas con un color azul oscuro y ploteos de filetes porteños.

Ante este anuncio, en pocas horas hubo miles de personas que sumaron su firma a la petición para mantener los colores. También dieron su apoyo distintas líneas alcanzadas por la medida, como la 109, la 39 y la 12, al compartir en sus redes sociales el enlace del texto publicado en Change.org.

“En 2025, las 31 Líneas de colectivos de la Ciudad perderemos nuestros clásicos colores, nuestra tradición, nuestra historia. ¡Acompañanos a firmar el petitorio para mantener la cultura visual de Buenos Aires!”, indicaron en Transportes Santa Fe (línea 39).

El texto la petición, elaborada por el portal Desing Bondis, sostiene: “Como habitantes de esta hermosa ciudad, nuestras líneas de colectivos han tenido siempre colores característicos que se diferencian del resto. Esta variedad de colores está ahora amenazada por la reciente propuesta de implementar un fileteado ploteado, reemplazando los trabajos manuales que siempre han destacado nuestra ciudad. Cada fileteado hecho a mano es una pieza de arte única, algo que la tecnología digital no puede replicar”.

“Es fundamental mantener nuestras tradiciones y evitar la estandarización sin sentido. La identidad visual de nuestros colectivos forma parte del patrimonio cultural de la ciudad y debería ser preservada. Además, debemos considerar que la implementación de este tipo de ploteo afecta la identidad de nuestros colectivos. Por estas razones, instamos a las autoridades pertinentes a reconsiderar esta decisión, teniendo en cuenta las consecuencias a largo plazo. Invitamos a todos los ciudadanos a firmar esta petición para preservar los colores y fileteados hechos a mano de nuestros colectivos. Por la defensa de nuestro patrimonio cultural, te invitamos a firmar y compartir esta petición”, agregaron.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.