Reyes Magos: Defensa al Consumidor de CABA labró actas por infracción en jugueterías de Once y brinda consejos para compras seguras
Se penalizó la ausencia de precios en casi 2.000 productos.
Ante el festejo de Reyes Magos, la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano de la Ciudad, a través de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, realizó inspecciones en una decena de comercios en la zona de Once, en el barrio de Balvanera (Comuna 3).
“Como resultado del operativo, que continuará en los próximos días, se labraron 20 actas por infracciones, siendo la más recurrente la ausencia de precios, en este caso en 1.884 productos, y la falta de cartelería obligatoria”, señaló César Torres, secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano.
Una comunicación del GCBA informa: “Por primera vez, la Dirección de Defensa y Protección al Consumidor trabajó en conjunto con la Asociación Argentina de Empresas de Juguetes y Afines para promover la exhibición clara de precios en beneficio de los compradores. Ambas entidades enfatizan la importancia de que los consumidores puedan verificar el origen y el valor de los productos antes de realizar sus compras”.
“Los comercios deben exhibir precios en forma clara y visible, tanto en vidrieras como dentro de los locales, y aquellos que utilicen códigos QR para listas de precios no están eximidos de mostrar el valor en formato físico”, agrega.
Recomendaciones oficiales para compras seguras:
- Sellos de seguridad: Asegurarse de que los juguetes cuenten con las certificaciones CS (artículos generales) y CE (artículos eléctricos), que garantizan la calidad y seguridad de los materiales.
- Etiquetas claras: Verificar que incluyan información sobre el fabricante, instrucciones de uso en español y la edad recomendada para el juguete.
- Facturas o tickets: Solicitar siempre el comprobante de compra, ya que éste es necesario para realizar reclamos en caso de defectos.
- Garantía: Recordar que todos los productos tienen un mínimo de 6 meses de garantía legal.
- Derechos en cambios: Los productos pueden ser cambiados dentro de los 30 días posteriores a la compra, sin restricciones de días u horarios y respetando el precio original.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






